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Verdades y mentiras sobre el voto nulo en las Elecciones

  • Por José Miguel Castañeda
14 de junio de 2019, 05:00
Voto502
La aplicación del voto nulo ha generado diversos rumores. (Foto: Archivo/Soy502)

La aplicación del voto nulo ha generado diversos rumores. (Foto: Archivo/Soy502)

Las elecciones del próximo 16 de junio serán las primeras en las que el voto nulo tendrá validez en Guatemala.

De acuerdo con la reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) aprobada en 2016, si la mayoría de votos son nulos se repetirán las elecciones. Esto aplica para la elección presidencial, de diputados y corporaciones municipales.

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No obstante, el artículo 203 Bis establece que de la LEPP que para que se produzca la repetición de elecciones debe haber mayoría absoluta. Esto significa que para que el voto nulo sea válido debe obtener más de la mitad de los votos válidos, la misma cifra que debe recibir un candidato presidencial para ganar en primera vuelta.

Esta era la propuesta para el voto nulo, lo tachado es lo que se eliminó en la aprobación. (Foto: captura de pantalla)
Esta era la propuesta para el voto nulo, lo tachado es lo que se eliminó en la aprobación. (Foto: captura de pantalla)

Esta nueva opción electoral ha generado diversos rumores, pero el que más fuerza cobra es que la repetición de elecciones, si gana el voto nulo, se hará con nuevos candidatos.

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Sin embargo, esto no es cierto. Si bien, en el dictamen de la propuesta de reforma electoral elaborado por la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso se incluyó que los partidos tendrían que postular a "otros" candidatos, pero durante la aprobación los diputados excluyeron la palabra "otros".

Así quedó el artículo aprobado. (Foto: captura de pantalla)
Así quedó el artículo aprobado. (Foto: captura de pantalla)

"Un candidato a cargo de elección popular que haya participado en la elección que se declaró nula por las circunstancias previstas en este artículo tampoco podrá postularse de nuevo por medio de un partido político o comité cívico electoral distinto a aquel con el que participó previamente en el proceso electoral", fue la otra parte del artículo 203 Bis que se eliminó durante la aprobación.

De esta cuenta, la repetición de elecciones se tendría que hacer con los mismos candidatos que participen en la elección del 16 de junio. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) no ha hecho campañas de información del voto nulo y los magistrados Mario Aguilar, Julio Solórzano y María Eugenia Mijangos no atienden las llamadas teléfonicas al igual que el vocero Luis Gerardo Ramírez y la directora electoral Gloria López.

¿El voto nulo haría ganar al puntero?

Otro de los rumores es que el voto nulo favorecería a los punteros. Por ejemplo, si la ciudadanía considera el voto nulo como opción para la elección presidencial, pero el porcentaje no alcance la mayoría absoluta, se teme que luego se le considere como voto no válido y el porcentaje de los punteros aumente, incluso llegando a hacerlo ganar en primera vuelta.

Esto no es cierto, porque el voto nulo ahora tiene un valor y no se le considerará como no válido, por lo que no se eliminará luego en el conteo de votos válidos.

Poco probable que gane el voto nulo

La elección de diputados al Parlamento Centroamericano (Parlacen) suele ser la más impopular. Los registros del TSE dan cuenta que esta elección es la que más votos en blanco y votos nulos recibe.

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No obstante, sería muy difícil que esa elección se repita. En las elecciones de 2015, los votos nulos y votos en blanco representaron, juntos, tan solo el 18.9% por lo que tendría que haber más rechazo a esta elección para que se repitan los comicios.

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