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Giammattei declara Estado de Prevención a partir de este miércoles

  • Por Verónica Gamboa
14 de julio de 2021, 06:11
Estado de Prevención
Declaran Estado de Prevención para los siguientes 15 días a partir de este miércoles. (Foto: Archivo/Soy502)

Declaran Estado de Prevención para los siguientes 15 días a partir de este miércoles. (Foto: Archivo/Soy502)

Las disposiciones establecidas en el Estado de Prevención serán publicadas en el Diario Oficial este miércoles. 

EN CONTEXTO: Gremial de Restaurantes de Guatemala se pronuncia ante las nuevas disposiciones

El Gobierno de Guatemala informó que fue aprobado el Estado de Prevención que fue anunciado por el presidente Alejandro Giammattei, el cual entró en vigencia a partir de este miércoles 14 de julio y tendrá una duración de 15 días. 

Este incluye las siguientes limitaciones para evitar el contagio de Covid-19

* Se prohíbe el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas, así como su consumo en la vía pública, establecimientos comerciales abiertos al público, cualquiera que sea su categoría o naturaleza, incluyendo discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles, moteles o pensiones, supermercados, automercados, abarroterías, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales similares; de lunes a domingo, de las dieciocho horas (18:00) a las seis horas (6:00) del día siguiente.

* Se limitan las celebraciones al aire libre en aquellos casos en que los asistentes no cumplan con el distanciamiento físico, el uso de mascarilla y medidas de bioseguridad que garanticen el no contagio.

* No se prohíben las manifestaciones siempre y cuando se cumpla con las medidas de bioseguridad ya establecidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

* Se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos cuyos conductores o pasajeros no cumplan con las medidas sanitarias respectivas, en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos.

* Con relación a la reunión, grupo o manifestación pública que se lleve a cabo sin la debida autorización o, si habiéndose autorizado, se efectuare sin cumplimiento de las medidas sanitarias necesarias, portando armas u otros elementos de violencia, se procederá a conminarlos al cumplimiento de estas conforme lo establecido en la Ley de Orden Público, y a su disolución cuando la salud y seguridad pública lo amerite, indicó la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia a través de un comunicado. 

Medidas vigentes

En el documento también se recordaron las medidas sanitarias vigentes, tales como: "el uso obligatorio de mascarilla en todo espacio o lugar público, espacio o lugar privado abierto al público, lugares privados de servicios de acceso restringido y de cualquier clase de transporte o tránsito". 

Y que "el incumplimiento será sancionado con medidas administrativas y penales que correspondan. Se exceptúa del uso de mascarilla a los menores de 2 años de edad y aquellas personas que, por su condición médica, cuenten con una contraindicación certificada por un profesional de la salud", aseguraron. 

También se reiteró el cumplir con el distanciamiento físico de por lo menos metro y medio y la desinfección frecuente de manos con gel o jabón antibacterial.

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