El presidente Alejandro Giammattei y el Consejo de Ministros del Gobierno, decidieron ampliar por quince días más el toque de queda, así como varias restricciones más.
Las disposiciones amanecieron este domingo publicadas en una edición especial del Diario de Centroamérica y entran vigencia a partir de este día.
- TE PUEDE INTERESAR:
En el octavo punto, el Gobierno detalla que por "seguridad de la salud social" se restringe a libertad de locomoción desde las 16 horas de lunes, hasta las cuatro horas del día siguiente, disposición que estará vigente hasta el 12 de abril.
Esta medida amplía la disposición del toque de queda, el cual culminaba este domingo. Lo mismo sucederá en las fronteras, donde se ordenó continuar con el cierre de los ingresos aéreos, terrestres y marítimos. Solo podrán ingresar los guatemaltecos, los residentes permanentes y el cuerpo diplomático.
De igual manera, el Gobierno ordenó continuar con la suspensión de labores y actividades en el sector público y privado hasta el domingo 12 de abril. Esto con varias excepciones al personal de la presidencia y los integrantes del Gabinete, así como a los que atiendan el Estado de Calamindad, al personal de salud, al de socorro, al de la Diaco, entre otros.
Aunque el acuerdo establece que los hospitales, clínicas médicas, centros y puestos de salud deben continuar atendiendo, se estableció el cierre de las consultas externas, no así la atención en casos de emergencia en centros de atención médica, laboratorios y veterinarias.
También se permite la continuidad laboral del transporte pesado de carga, en las industrias alimenticias, farmacéuticas y de productos de salud e higiene personal; las telecomunicaciones, la industria de energía (que incluye a las gasolineras).
Se estableció para los mercados cantonales y municipales la ampliación de la restricción por una hora más. Es decir, podrán estar abiertos desde las 4 de la mañana, hasta las 13 horas.
Y antes del toque de queda podrán funcionar los supermercados, abarroterías y tiendas de barrio. Así como los restaurantes, pero solo con servicio a domicilio o en ventanilla para llevar. De igual manera, podrán trabajar las actividades agrícolas, pecuarias, fitozoosanitarias y de recursos hidrobiológicos, incluyendo a los ganaderos.
Los bancos, financieras, aseguradoras y cooperativas, podrán abrir, pero utilizando ventanillas, autoservicio o procedimientos especiales que procuren la seguridad sanitaria de los empleados y los clientes.
- NO DEJES DE LEER: