El transporte pesado tendrá restricciones de circulación para Semana Santa.
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Este viernes 15 de marzo, en el Diario de Centro América (DCA), el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), publicó un Acuerdo Ministerial Número 264-2024, donde se da a conocer las restricciones para el transporte pesado para las fechas de Semana Santa.
Las cuales limitan a circular al transporte de carga pesada en todo el territorio guatemalteco a partir del miércoles 27 de marzo desde las 12:00 horas, al domingo 31 del mismo mes a las 24:00 horas.
Cabe mencionar que se exceptúa la limitación al transporte de carga de productos perecederos, como los combustibles, bebidas, alimentos y grúas por ser un equipo de servicio.
Estos transportes podrán circular durante esas fechas y no necesitarán permisos especiales.
De esta manera podrá circular el transporte de carga:
- Del kilómetro 290 de la Carretera al Atlántico a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09-N.
- Del kilómetro 80 de la Carretera CA-09- SUR de Villa Nueva a las instalaciones del Puerto Quetzal al kilómetro 104 de la carretera CA-09-SUR-09, y al kilómetro 114 de la carretera CA-09-SUR.
Es importante recordar que si las medidas se infringen, se sancionará de conformidad a las leyes vigentes.
Ahora bien, este Acuerdo Ministerial entrará en vigencia un día después de su publicación en el DCA