Una sala de apelaciones decidirá si el juez Pedro Laynez continúa o no conociendo el caso de Floridalma Roque.
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El 20 de noviembre de 2024, el juez Pedro Laynez envió a juicio por homicidio culposo a Kevin Malouf, en el caso de Floridalma Roque.
Días después, la familia que forma parte del proceso como querellantes, presentaron una recusación en contra del juez, por dudar de su imparcialidad.
La duda de la familia, surgió por la resolución del juez, porque habría emitido opinión pero además por audios filtrados donde Kevin Malouf habló de supuestos sobornos pagados en el sistema de justicia. También por posible amistad o vínculo entre el juez Laynez y un exabogado de Malouf.
Ante la recusación presentada, la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones programó para el 23 de enero próximo una audiencia, en la que las partes deberán presentar sus argumentos.
"Se admite para su tramite la recusación, planteada por Jorge Alberto Roque López, Jose Jenrry López a través de la mandataria judicial con representación Ana Lucrecia Requena Pinelo de Boburg y Ercid Tabita Parachico Saldivar, en contra del Juez "B" del Juzgado Cuarto Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del municipio y departamento de Guatemala, Pedro Rodolfo Laynez Lux", se lee en la resolución de la Sala.
En esa audiencia, las partes deberán explicar por qué consideran que el juez no es idóneo para seguir conociendo el caso. Luego la Sala deberá resolver si el juez sigue al frente o no de ese proceso penal.
La resolución del juez
El Ministerio Público pidió que Malouf enfrentara juicio por homicidio, cuya pena puede llegar a los 15 años de prisión, pero el juez lo envió por homicidio culposo, que tiene una pena menor.
De acuerdo con la resolución del juez, el Ministerio Público logró demostrar que hay indicios suficientes para que Malouf sea sometido a un debate oral y público.
El 20 de noviembre de 2024, el juez inició su resolución con un resumen de la acusación del MP y determinó que coincide con los indicios presentados, entre estas, declaraciones testimoniales, peritajes, necropsia, denuncias presentadas, fotogramas, videos, entre otros.
"Existió una cirugía estética en la integridad física de Floridalma Roque, también se estableció quiénes son las personas que participaron en este, siendo el doctor Kevin Malouf, quien la practicó, así como la doctora Lydia Moreira, Susana Rojas y Luis Castro. Con estos medios de investigación se puede determinar los hechos posteriores a la cirugía, los restos fueron hallados en el área boscosa, existe también el video donde según la fiscalía fue ingresada en un objeto color negro, con esto se puede determinar el modo", dijo el juez Laynez.
"El MP tiene medios científicos, testimoniales, documentales, sí existe esa probabilidad que los tiempos, los lugares, los hechos, tienen que ser sometidos a otra etapa procesal, se ha instado por la defensa sobreseimiento; sin embargo, existe el fallecimiento de una persona", dijo el juez.
También hizo una referencia al delito doloso y culposo, pues el MP pidió que Malouf sea enviado a juicio por homicidio simple y la defensa pidió que fuera por homicidio culposo. La diferencia es cómo se dieron los hechos y la pena a imponer en una sentencia. El homicidio simple tiene una pena de 15 a 40 años y el culposo de 2 a 5 años.
Además, dijo que según la declaración del enfermero Luis Castro, Malouf tenía un plan de contingencia por si fallecía un paciente, no precisamente si fallecía Floridalma Roque. Por lo que no cree que hubo intención de causar la muerte a la paciente, más fue imprudencia en el actuar.