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¿Cuál es el proceso de inscripción de nacimiento en Renap?

  • Por Ilsie Rebolorio
10 de septiembre de 2024, 14:40
Los padres deben inscribir el nacimiento en las oficinas auxiliares del Renap en los hospitales dentro de los tres días posteriores al nacimiento. (Foto: Chicco) 

Los padres deben inscribir el nacimiento en las oficinas auxiliares del Renap en los hospitales dentro de los tres días posteriores al nacimiento. (Foto: Chicco) 

Los padres deben inscribir a sus hijos en las oficinas auxiliares del Renap, y esto puede ser en los hospitales dentro de los tres días posteriores al nacimiento.

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El nacimiento marca el inicio de la personalidad jurídica, y la inscripción en el Registro Civil es obligatoria. Este registro documenta la hora, fecha, lugar de nacimiento y la filiación del recién nacido, así como la de sus padres.

En el Registro Nacional de las Personas (RENAP), la inscripción de nacimiento puede hacerse de tres maneras: de forma oportuna (dentro de los primeros tres días), de forma ordinaria (dentro de los 60 días siguientes al nacimiento) o de forma extemporánea (registro tardío fuera del plazo legal).

¿Quiénes pueden solicitar la inscripción de nacimiento?

La Ley del RENAP en su artículo 73, faculta a personas específicas para la solicitud de una inscripción de nacimiento en el Registro Civil de las Personas. Atendiendo este a mandato legal, la solicitud de inscripción de nacimiento de menores de edad debe efectuarse:

  • Por ambos padres.
  • Por la madre soltera.
  • En caso de orfandad, desconocimiento de los padres o abandono: ascendientes del menor, hermanos mayores de edad o el Procurador General de la Nación.

Es importante aclarar que, en ninguno de los casos para la inscripción de un nacimiento, debe presentarse el menor de edad puesto que el trámite puede realizarse únicamente por la persona que acuda a una oficina de RENAP.

Plazo para inscripción

Según el Reglamento de Inscripciones del Registro Civil, la inscripción del nacimiento debe hacerse dentro de los 60 días hábiles posteriores al parto. Pasado este plazo, la inscripción aún puede realizarse, cumpliendo con los requisitos legales y pagando una multa de Q25.

Requisitos para una inscripción de nacimiento:

Los requisitos que se deben presentar en la inscripción de nacimiento son:

a. Documento Personal de Identificación -DPI- del padre y de la madre o sólo de la madre, según sea el caso;

b. Documento Personal de Identificación -DPI- del compareciente, cuando éste sea distinto a los padres;

c. Informe de nacimiento, extendido por centro hospitalario, médico, enfermera(o) o comadrona acreditada(o) por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, cuerpo de bomberos o autoridad local.

d. En caso que el informe de nacimiento sea emitido por persona distinta a las que se indican en el inciso anterior, este se debe presentar con legalización de firma de los padres o únicamente de la madre del nacido y de quien lo extienda.

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*Con información: Renap

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