De acuerdo con la normativa, el salario para quienes sean contratados bajo esta modalidad "no podrá ser inferior al salario mínimo fijado por hora"
EN CONTEXTO: CC suspende acuerdo para contratación por tiempo parcial
La Corte de Constitucionalidad (CC) ha dado vía libre para la vigencia del reglamento que rige el trabajo a tiempo parcial en Guatemala, una normativa que fue aprobada por el Congreso durante la administración de Jimmy Morales.
Los magistrados dictaron sentencia definitiva rechazando las acciones de inconstitucionalidad general presentadas y revocando la suspensión que se mantenía de los artículos 2 y 4 del reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre el trabajo a tiempo parcial.
Argumentos contra el trabajo a tiempo parcial
Las inconstitucionalidades las plantearon Carlos Enrique Mancilla García, Santiago Yupe Péren, Juan Francisco Mendoza Estrada, Mirna Liliana Nij, Adolfo Lacs Palomo y Julio Francisco Coj Vásquez.
Entre los argumentos presentados por los ciudadanos se encuentra que se realizaron variaciones relacionadas a las jornadas y horarios laborales, algo que dicen solo puede hacerse reformando el Código de Trabajo y no a través de un acuerdo gubernativo, como lo hizo en su momento el presidente Jimmy Morales.
De acuerdo con la normativa, el salario para quienes sean contratados bajo esta modalidad "no podrá ser inferior al salario mínimo fijado por hora". El reglamento contempla que quienes trabajan a tiempo completo pueden ser trasladados a la modalidad de tiempo parcial, toda vez "sea voluntario" y la anuencia de este debe quedar por escrito.