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Los puntos para entender la reforma que beneficia a Semilla

  • Por Karla Gutiérrez
28 de noviembre de 2024, 19:38
Un total de 127 diputados apoyó a los oficialistas en la modificación de la Ley contra la Delincuencia Organizada. (Foto: X/Bancada Semilla)

Un total de 127 diputados apoyó a los oficialistas en la modificación de la Ley contra la Delincuencia Organizada. (Foto: X/Bancada Semilla)

Los diputados oficialistas buscan recuperar el partido Movimiento Semilla, pese a las resoluciones judiciales en su contra.

EN CONTEXTO: Congreso reforma Ley contra el Crimen Organizado

Mediante el Decreto 34-2024, el Congreso de la República reformó recientemente la Ley contra el Crimen Organizado y así brindó una posibilidad a los diputados oficialistas de recuperar al partido Movimiento Semilla.

Aunque el grupo recibió un revés este jueves 28 de noviembre, cuando se les notificó de la cancelación definitiva de esa organización, los legisladores han reafirmado su intención de dar batalla.

El cambio aplicado a la mencionada norma sería determinante para lograr su cometido, pues, aunque persisten dudas al respecto, fue una disposición contenida en ella la que permitió a la Ministerio Público conseguir la suspensión del partido, en pleno proceso electoral, en julio de 2023.

Estos son los aspectos más importantes del caso y el porqué de la modificación hecha en el Congreso:

1. Un solo artículo

En el Decreto 34-2024 se modifica solo un artículo de la Ley contra la Delincuencia Organizada: el 82, mismo en el cual se basó la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) para pedir la suspensión provisional del partido Movimiento Semilla.

Actualmente, ese apartado indica "se podrán suspender provisionalmente con autorización judicial durante la substanciación del proceso penal, las inscripciones de personas jurídicas, sus patentes, permisos y licencias que hayan sido extendidas legalmente, cuando hubieren sido utilizadas para cometer en cualquier forma un hecho ilícito".

Aunque los partidos políticos se rigen por la Ley Electoral, el juez de instancia penal Fredy Orellana consideró válida la aplicación de la mencionada norma para el caso de Semilla, tras la acusación de la FECI de haber sido conformado con firmas falsas.

Este es el artículo que se usó para suspender provisionalmente al partido Movimiento Semilla. (Fuente: Ley contra la Delincuencia Organizada)
Este es el artículo que se usó para suspender provisionalmente al partido Movimiento Semilla. (Fuente: Ley contra la Delincuencia Organizada)

2. La prohibición

En busca de asegurar que esa interpretación de la Ley contra la Delincuencia Organizada no vuelva a afectar a grupos político e inclusive a otras instancias que tienen normas específicas, los diputados oficialistas promovieron desde el inicio de esta legislatura el cambio del artículo 82.

Tras varios intentos fallidos, el más reciente hace una semana, los parlamenarios finalmente lograron 127 votos para aprobar la modificación y dejar una prohibición expresa: los partidos políticos solo podrán ser suspendidos o cancelados bajo los preceptos de la Ley Electoral.

Así quedó el artículo que fue reformado por el Legislativo:

Fuente: Decreto 34-2024
Fuente: Decreto 34-2024

3. Las implicaciones

Tanto diputados como analistas coinciden en que el cambio del citado artículo brindará la posiblidad a los oficialistas de plantear acciones legales para recuperar el estatus del partido Semilla y, por ende, volver a ser una bancada en el Congreso.

El diputado Samuel Pérez dijo que esto no ocurriría en lo inmediato, pues hay procesos que deberán resolverse en las instancias de Justicia. De hecho, este jueves se presentó un amparo en la Corte de Constitucionalidad (CC) para dejar sin efecto la cancelación definitiva.

Al entrar en vigencia la reforma de la Ley contra la Delincuencia Organizada, habría más argumentos al respecto, opinó el abogado constitucionalista Aquiles Faillace.

4. Los obstáculos

Ahora bien, el Decreto 34-2024, que contiene la modificación, aún debe superar algunos obstáculos.

Aunque la norma cobraría vigencia un día después de su publicación en el diario oficial, esto último podría llevar cierto tiempo, pues se prevé que antes de ser enviado a la Presidencia de la República para us sanción, reciba objeciones en el Congreso.

Estas tendrán que ser conocidas por el pleno de diputados y si fueran rechazadas podrían continuar su camino hasta cobrar vida legal. Uno de los principales opositores al decreto es el jefe del bloque Vamos, Allan Rodríguez.

El caso Semilla

El 12 de julio de 2023, antes de que Bernardo Arévalo compitiera por la Presidencia de la República en segunda vuelta electoral, el juez séptimo de primera instancia penal, Fredy Orellana, ordenó la suspensión provisional de la personería jurídica del Movimiento Semilla.

La FECI, dirigida por el fiscal Rafael Curruchiche, pidió aplicar esa medida, pues aseguró contar con evidencia de que el partido se conformó utilizando firmas falsas y con la inscripción de personas fallecidas.

Así se informó en aquel entonces sobre la situación:

Para fundamentar su caso, la FECI se basó en el articulo 82 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, lo cual fue criticado por diversos sectores, los cuales hicieron ver que las agrupaciones políticas  tienen su propia ley y es el Tribunal Supremo Electoral quien está a cargo de aplicarla.

Aunque no se logró evitar la participación de Arévalo en los comicios, la suspensión del partido impidió que los diputados electos por Semilla pudiera constituirse en bloque legislativo.

12
de julio
de 2023 fue la fecha en que se suspendió por orden judicial al Movimiento Semilla.

El 14 de enero, cuando tomaron posesión, intentaron dejar sin efecto tal disposición y hasta eligieron a Samuel Pérez como presidente del Congreso, pero tres días después la CC consideró anómalo el procedimiento.

Por ello, se les declaró independientes y no tienen participación en la Instancias de Jefes de Bloque y Junta Directiva; tampoco han podido presidir ninguna comisión de trabajo.

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