Ademas de tener moras en el pago del impuesto de circulación, puedes estar expuesto a sanciones de tránsito.
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La Ley establece que aquellos ciudadanos que no realicen el pago del impuesto de circulación serán multados.
La multa equivale al 100 por ciento del valor del impuesto que paga tu vehículo.
Por ejemplo si debes cancelar 100 quetzales por el impuesto de tu vehículo, a partir del siguiente día en que se venció el plazo deberás cancelar 200 quetzales.
Un descuento autorizado
De acuerdo a la SAT si el usuario se presenta de forma voluntaria para pagar la multa obtendrá un descuento autorizado del 75 por ciento de lo que equivale la el monto de la sanción.
Asimismo, se establece una tasa de interés del 12.65 por ciento anualmente, misma que es de manera proporcional a diario, esto podría ir en aumento por cada día en que te atrases a efectuar el pago.
Además, si circulas sin haber hecho el pago correspondiente del impuesto de circulación, puedes estar expuesto a una sanción o multa por parte de la Policía Nacional Civil (PNC) o Policía Municipal de Tránsito (PMT).