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¡Fallas y multas sorpresa! Las quejas por pago al Impuesto de Circulación

  • Por Karla Gutiérrez
01 de agosto de 2023, 14:31
La fecha límite para pagar el impuesto sobre circulación de vehículos sin multa fue el 31 de julio. (Foto: Archivo/Soy502)

La fecha límite para pagar el impuesto sobre circulación de vehículos sin multa fue el 31 de julio. (Foto: Archivo/Soy502)

Finalizó el plazo para pagar el impuesto sobre circulación de vehículos, pero no todos los contribuyentes pudieron cumplir con esa obligación.

EN CONTEXTO: ¡Página de SAT saturada! Último día para pagar Impuesto de Circulación

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) informó que hasta el 31 de julio, fecha límite para cancelar el tributo sin multa, se habían recaudado más de 983 millones de quetzales, pero gran cantidad de contribuyentes quedaron pendientes de pago.

En redes sociales, varios usuarios reportaron fallas en el sistema durante el último día de julio, lo cual habría impedido que hicieran la acreditación correspondiente. 

Entre las quejas más comunes destacaron las dificultades para ingresar al portal electrónico de Declaraguate, el cual presentó problemas en algunos navegadores y lentitud en otros. Las bancas en línea o aplicaciones bancarias para el pago de impuesto también presentaron dificultades.

Algunos usuarios reportaron que les aparecieron multas que no tenían o de lugares en los que aseguran nunca condujeron o en fechas que no corresponden. "Ayer pagando el impuesto de circulación me di cuenta que a tres de los carros que uso frecuentemente les aparece multa en Guate y MIXCO en fechas que no viaje", señaló un usuario en redes sociales.

Otros guatemaltecos utilizaron las redes sociales para manifestar sus quejas por el pago del Impuesto y que las carreteras en el país no son reparadas. Algunos manifestaron que comenzarán a señalar los lugares con baches, debido a que ya pagaron lo que les correspondía.

Según el Decreto 70-94, Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos, que se destinará el "setenta por ciento (70%) al fondo común, el veinte por ciento (20%) a las municipalidades para ser distribuido por el mismo sistema que se distribuye el porcentaje que la Constitución de la República establece como aporte constitucional a las mismas, con destino exclusivo al mantenimiento, mejoramiento, construcción y/o ampliación de calles, puentes y bordillos de las cabeceras y demás poblados de los municipios, pudiéndose destinar hasta el diez (10%) de este veinte por ciento al pago de salarios y prestaciones de empleados municipales, se destinará, así mismo el diez (10%) restante al departamento de tránsito de la policía nacional quien lo destinará exclusivamente al mantenimiento y adquisición de semáforos, señales de tránsito, control del estado en que conducen las personas y estado de vehículos y motores que circulan en el país".

Las cifras

La meta planteada por la SAT para este año respecto del cobro del impuesto de circulación es superior al mil millones de quetzales (Q1,122.40 millones), pero hasta el 31 de julio apenas había sobrepasado los 983 millones de quetzales.

Las estadísticas dan cuenta de que el parque vehicular activo en el sector particular es de más de 2.3 millones (2,389,858), pero el pago lo han efectuado 2.05 millones (2,051,792). Esto implica que más 338 mil están pendientes de cumplir con esa obligación.

De acuerdo con los registros de la SAT, este es el detalle del resto de los vehículos que hasta el último día de julio habían cancelado el impuesto de circulación:

  • Motos: 1,785,008
  • Comerciales: 317,660

Sin embargo, los activos y que, por ende, tendrían que cumplir con el pago son:

  • Motos: 2,391,635
  • Comerciales: 362,729

Multa por no pagar el Impuesto

Según el Decreto 70-94, la multa por el pago extemporáneo del impuesto sobre circulación de vehículos es del 100 %, pero hay un descuento del 75 % al realizarlo de manera voluntaria.

"Los contribuyentes que no efectúen el pago del impuesto en el plazo establecido en esta Ley, incurrirán automáticamente en la infracción de omisión de pago de tributos", reza el artículo 31 de esa norma.

Indica también que "a partir del día siguiente al del vencimiento de la obligación de pago se sancionará con multa del cien por ciento (100%) del impuesto omitido, además del pago de los intereses respectivos."

De acuerdo con la SAT, la tasa de interés es del 12.65 % anual y se calcula de manera diaria. Al momento de pagar, tanto la multa como los intereses son generados automáticamente por el portar Declaraguate, donde se genera el formulario correspondiente.

La SAT informó que debido al incumplimiento en la cancelación del impuesto de circulación en los tres últimos años quedarán inactivos 83 mil 114 vehículos en todo el país.

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