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Así puedes reponer tu tarjeta de circulación

  • Por Ilsie Rebolorio
13 de enero de 2025, 14:08
Estos son los pasos y requisitos que debes seguir para reponer tu tarjeta de circulación. (Foto: Archivo/Soy502) 

Estos son los pasos y requisitos que debes seguir para reponer tu tarjeta de circulación. (Foto: Archivo/Soy502) 

La reposición de la tarjeta de circulación puedes realizarla en línea siguiendo estos pasos. 

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Guatemaltecos se han preguntado si pueden reponer su tarjeta de circulación ante un robo o pérdida de la tarjeta y la respuesta es "sí", incluso si falleció algún familiar o amigo cercano y se necesite este documento tras un traspaso de vehículo. 

Es importante reponerla a través de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT). 

Si no cuentas con la Agencia Virtual, solicítala al hacer clic aquí.

Estos son los pasos y requisitos para hacer el trámite de reposición de tu tarjeta de circulación. 

Requisitos 

  • ¡Debes señalar la denuncia!: Como primer paso y requisito debes señalar una denuncia ante las autoridades, sea por pérdida o robo, ya que la SAT pedirá que adjuntes el original de la denuncia presentada ante el Ministerio Público (en caso de robo) o que adjuntes el aviso presentado ante la Policía Nacional Civil, donde conste el sello original (en caso de pérdida).
  • La persona individual o jurídica debe contar con DPI del propietario de la tarjeta de circulación: Si no lo posees, adjunta documento emitido por Renap, en el que conste el proceso de obtención del documento, siempre y cuando se muestre el Código Único de Identificación (CUI), con o sin fotografía, o pasaporte en caso de ser extranjero.
  • Pagar Q60: en la ventanilla de los bancos autorizados por la gestión de reposición de Tarjeta de Circulación.
  • Recuerda: Si es por robo o hurto deberás adjuntar el original de la denuncia presentada ante el Ministerio Público. Si es por pérdida o extravío deberás adjuntar el aviso presentado ante la Policía Nacional Civil o constancia emitida por el Ministerio Público, donde conste el sello original.

  • Estar solvente: Al no contar con incumplimientos tendrás disponibilidad de imprimir sin ningún problema el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos hasta el año actual, de no estarlo debes realizar el pago en el formulario SAT-4091 en Declaraguate en la casilla "Vehículos Circulación".

  • Presentar el pago: Por Gestión de Reposición de Tarjeta de Circulación a través del formulario SAT-8933 (Declaraguate).
  • Si la gestión es realizada por un tercero autorizado: Debe de presentar los requisitos de terceras personas.

Pasos 

1. Dirígete a la SAT: al contar con la denuncia, ingresa al portal SAT en la dirección sat.gob.gt

2. Para generar el Anexo del formulario SAT-8933, debes realizar los siguientes pasos:

  • Ingresar de nuevo a Declaraguate.
  • Ingresar a la opción "Buscar formulario"
  • Ingresar el número de formulario y acceso.

3. Preséntate en una Agencia u Oficina Tributaria con los requisitos y pagos realizados.

4. Finalizada la gestión, ingresa a tu Agencia Virtual para generar tus distintivos electrónicos.

En caso que el propietario registre fecha de fallecimiento, debes adjuntar:

  • Nombramiento de la Representación de la Mortual y fotocopia.
  • Documento de identificación: DPI o pasaporte en caso de ser extranjero del representante de la Mortual y fotocopia.
  • Para placas de uso alquiler, urbano, comercial, agrícola, de construcción o transporte de carga, deben estar inscritos en el Registro Tributario Unificado (RTU) y contar con establecimiento activo y/o actividad comercial relacionada con el uso del vehículo y facturas autorizada y vigentes.

Si cuentas con distintivos en papel, debes proceder a realizar la reposición de ambos (Tarjeta de Circulación y Certificado de Propiedad).

Encuentra la información debidamente detallada además de los requisitos para persona jurídica y persona jurídica no lucrativa dando clic aquí.

A través de la Agencia Virtual obtienes la Tarjeta de Circulación y el Certificado de Propiedad (no se emite Certificado de Propiedad para Entidades del Estado).

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