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¿Se aplicará la Ley Seca para Navidad y Año Nuevo?

  • Por Dulce Rivera
23 de diciembre de 2023, 14:03
La Ley Seca no será aplicable durante las fiestas de fin de año. (Foto: Soy502/Archivo)

La Ley Seca no será aplicable durante las fiestas de fin de año. (Foto: Soy502/Archivo)

La Ley Seca prohibe la venta y consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos en ciertos horarios. 

Te interesa: Estas serán las sanciones para los que infrinjan la Ley Seca

En los últimos 15 días de diciembre aumentan las reuniones, convivencias y fiestas, en donde el consumo de bebidas alcohólicas es común. 

La prohibición para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos y en horario de 1 a 6 de la mañana, se le conoce como Ley Seca

Sin embargo, para las festividades de Navidad y Año Nuevo hay una excepción. 

De acuerdo con la normativa vigente, la prohibición no se aplicará los días 24, 25 y 31 diciembre así como el 01 de enero. 

De esa cuenta, es que será permitida la venta, distribución, expendio y consumo de estas bebidas sin restricción de horario. 

Pero, el resto de días la Ley sí estará vigente. 

Las sanciones

La ley detalla que el incumplimiento de dicha disposición por parte de propietarios, representantes legales, encargados o empleados de establecimientos donde se venda licor será sancionada con multa de Q 100 mil y dará lugar al inicio del expediente para la cancelación de la patente o permiso a la persona individual o jurídica propietaria del establecimiento.

Entre estos establecimientos se incluyen discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, hoteles, moteles, pensiones, supermercados, automercados, abarroterías, tiendas de conveniencia y similares.

En el caso de personas individuales que consuman las bebidas citadas se les impondrá una multa de Q 5 mil. Esto incluye si las bebidas son ingeridas en el lugar donde tenga actividad económica o bien en sus respectivos trabajos.

Por otro lado, las personas detenidas pueden ser castigadas con prisión, conforme lo estipulado en el artículo 495 del Código Penal: "Quienes, de cualquier modo, infringieren los reglamentos o disposiciones de la autoridad relacionados a seguridad común, orden público o salud pública, serán sancionados con arresto de quince a treinta días".

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