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Tres puntos para comprender el amparo presentado por Consuelo Porras

  • Por Karla Gutiérrez
26 de agosto de 2023, 10:50
La fiscal general busca que se le otorguen medidas cautelares por parte de la CIDH. (Foto: Archivo/Soy502)

La fiscal general busca que se le otorguen medidas cautelares por parte de la CIDH. (Foto: Archivo/Soy502)

En un expediente que consta de 90 folios, la fiscal general, Consuelo Porras, expuso ante la CC una serie de peticiones para que se garantice la "autonomía e independencia" del MP.

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La noche del jueves 24 de agosto, la fiscal general y jefa del Ministerio Público (MP) María Consuelo Porras, presentó ante la Corte de Constitucionalidad (CC) una acción de amparo contra el Gobierno, para que se garantice "el desarrollo de las funciones que legítimamente tiene establecidas" el ente investigador.

Para comprender los aspectos que abarca y la respuesta que espera obtener la fiscal general es necesario establecer los hechos que dieron origen al planteamiento de la medida.

1. El génesis

Según hace constar en el documento entregado a la CC, Consuelo Porras considera que las publicaciones hechas recientemente en las redes sociales atentan contra el cumplimiento del mandato constitucional del MP. 

Esto debido a que se han hecho convocatorias para manifestar y pedir su renuncia, así como la del titular de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), Rafael Curruchiche, y la agente fiscal Cinthia Monterroso.

La jefa de esa institución hace referencia al artículo 251 de la Constitución Política de la República, en el cual se indica, entre otros aspectos, que solamente el Presidente de la República puede remover al fiscal general de su puesto.

Fragmento del expediente de amparo presentado por la fiscal general.
Fragmento del expediente de amparo presentado por la fiscal general.

2. Las peticiones

En el expediente también se solicita que se garantice la autonomía e independencia del MP "y el desarrollo de las funciones que legítimamente tiene establecidas".

Para el efecto, Porras pide que se ordene al presidente Alejandro Giammattei; ministro de Gobernación, David Napoleón Barrientos, y director de la Policía Nacional Civil, Edwin Ardiano, "hacer cumplir el régimen jurídico relativo al mantenimiento de la paz y el orden público".

Asimismo, requiere que se asuman acciones para los derechos de su persona, así como de Curruchiche y Monterroso. Entre las garantías en las que, según su planteamiento, hay una "inminente violación" destacan el derecho a la vida, integridad personal, seguridad, trabajo, libre locomoción y libertad de acción.

Adicionalmente, externa la necesidad de que "se preserve el orden público, con suficientes elementos de las fuerzas de seguridad debidamente uniformados y se utilice la fuerza pública, si resulta absolutamente necesaria y en caso excepcional", cuando haya manifestaciones contra ellos que no se desarrollen de forma pacífica.

Fragmento del amparo presentado por la fiscal general ante la CC.
Fragmento del amparo presentado por la fiscal general ante la CC.

Para fundamentar estas solicitudes, la jefa del MP señala como caso de procedencia lo estipulado en la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. En su artículo 8, esta norma establece lo siguiente:

"El amparo protege a las personas contra las amenazas de violaciones a sus derechos o restaura el imperio de los mismos cuando la violación hubiere ocurrido". En ese sentido, según lo expuesto por Porras, la acción planteada contra la CC cumple dos funciones: preventiva y reparadora.

Fragmento de la acción de amparo presentada por la fiscal general ante la CC.
Fragmento de la acción de amparo presentada por la fiscal general ante la CC.

3. Medidas cautelares

Otro de los requerimientos de Consuelo Porras es que se conmine al procurador de los Derechos Humanos a efecto de que solicite medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en favor suyo, de Curruchiche y Monterroso.

Asimismo, pide "que se mantenga la supremacía de la norma constitucional que garantiza al Ministerio Público ejercer la persecución penal tutelada en la Resolución del Amparo Provisional que consta en el Expediente 3985-2023".

Tal resolución es la que permitió la participación del binomio presidencial del partido Movimiento Semilla en la segunda vuelta electoral, pero en la que también se indica que eso no afecta "las facultades de persecución penal" del MP, en relación con el caso de supuestas irregularidades en la conformación de esa agrupación política.

Fragmento de amparo presentado por la fiscal general ante la CC.
Fragmento de amparo presentado por la fiscal general ante la CC.

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