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Covid-19: Salud reduce horario de centros comerciales y supermercados

  • Por Alexis Batres
17 de abril de 2021, 07:26
El Ministerio de Salud emitió restricciones de horario para mercados, supermercados y centros comerciales, además redujo el aforo a un 25% de ocupación en estos lugares. (Foto: Ilustrativa/Shutterstock)

El Ministerio de Salud emitió restricciones de horario para mercados, supermercados y centros comerciales, además redujo el aforo a un 25% de ocupación en estos lugares. (Foto: Ilustrativa/Shutterstock)

En cadena nacional, el presidente Alejandro Giammattei informó que los mercados, supermercados, centros comerciales, bares, centros de recreación, entre otros, deberán reducir su aforo al 25% de ocupación para evitar la propagación del covid-19.

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EN CONTEXTO: 

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El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) publicó este sábado 17 de abril, el Acuerdo Ministerial 87-2021, con el cual modifica horarios y reduce el aforo en parques públicos, centros de recreación, mercados, centros comerciales, supermercados, tiendas de barrio, restaurantes, bares, centros nocturnos y hasta el transporte público urbano.

Salud argumenta que el objetivo de las restricciones se debe a que gran parte de la población no cumplió con la aplicación de medidas sanitarias ya establecidas, lo cual evidencia un incremento en el número de contagios de covid-19 a nivel nacional.

Las autoridades señalan que el porcentaje de positividad se encuentra en 21% en relación con el número de casos tamizados, y esto equivale a más de 2 mil personas contagiadas por día.

Centros comerciales

Respecto de los centros y plazas comerciales, Salud señala en el Acuerdo que estos deberán concluir sus actividades a las 20:00 horas.

"Reducir al 25% el aforo en los centros comerciales, plazas comerciales y similares, podrán realizar sus actividades hasta las 20:00 horas, disponiendo de horarios especiales para personas mayores de 60 años, respetando las restricciones en las áreas comunes comprendiendo estas, los juegos infantiles, food courts y área de espectáculos, así como el aforo y medidas de bioseguridad de conformidad con las disposiciones establecidas en el Sistema de Alerta Sanitaria para la Emergencia de Covid-19", se lee en el documento. 

Además, señala que los servicios de comida dentro de los centros comerciales podrán funcionar únicamente "por procedimiento para llevar en el horario establecido y a través del servicio a domicilio sin limitación de horario".

Restricciones, centros comerciales, supermercados, horario
Las restricciones dentro de los centros comerciales. (Foto: Diario de Centro América)

Supermercados

En cuanto a los supermercados, el Ministerio de Salud establece medidas de restricción similares: aforo al 25% y deberán cerrar sus puertas a las 20:00 horas. El documento añade que los visitantes deberán respetar un espacio físico de 1.5 metros entre cada quien.

"Reducir al 25% el aforo en supermercados y tiendas de conveniencia, garantizando el distanciamiento físico de 1.5 metros entre persona y persona. Podrán desarrollar sus actividades hasta las 20:00 horas disponiendo de horarios especiales para personas mayores de 60 años. El servicio de comida y alimentos preparados en los supermercados podrán seguir prestándose únicamente por procedimiento "para llevar" en el horario aquí establecido", se lee en el acuerdo.

El Ministerio de Salud modificó el horario de los supermercados hasta las 20:00 horas. (Foto: Diario de Centro América)
El Ministerio de Salud modificó el horario de los supermercados hasta las 20:00 horas. (Foto: Diario de Centro América)

Mercados y tiendas de barrio

Por otro lado, el Acuerdo publicado este sábado también establece medidas especiales para los mercados: reduce el aforo al 25%, como en los casos anteriores, pero el horario de funcionamiento es más estricto, ya que establece que estos podrán realizar sus actividades de las 5:00 de la mañana, hasta las 18:00 horas.

"Reducir al 25% el aforo en los mercados municipales, cantonales y satelitales garantizando el uso universal de la mascarilla en visitantes y comerciantes y el distanciamiento social. Podrán desarrollar sus actividades de cinco de la mañana a las 18:00 horas, disponiendo de horarios especiales para personas mayores de 60 años", indica el documento.

El Ministerio de Salud establece que los mercados deberán funcionar entre las 5:00 de la mañana y las 18:00 horas. (Foto: Diario de Centro América)
El Ministerio de Salud establece que los mercados deberán funcionar entre las 5:00 de la mañana y las 18:00 horas. (Foto: Diario de Centro América)

Para las tiendas de barrio las medidas son similares: aforo al 25%, distanciamiento físico obligatorio entre personas de 1.5 metros y deberán cerrar sus puertas a las 20:00 horas. 

Restricciones, centros comerciales, supermercados, horario
(Foto: Diario de Centro América(

Restaurantes

El Acuerdo Ministerial que entra en vigencia a partir de este sábado 17 de abril, señala que los restaurantes también deben reducir el aforo al 25% y podrán realizar sus actividades hasta las 21:00 horas. No existe restricción de horario para los restaurantes que pueden prestar servicio a domicilio. 

El Ministerio de Salud señala que los restaurantes solo podrán trabajar hasta las 21:00 horas. (Foto: Diario de Centro América)
El Ministerio de Salud señala que los restaurantes solo podrán trabajar hasta las 21:00 horas. (Foto: Diario de Centro América)

Transporte público

Los buses urbanos y extraurbanos que cuentan con autorización del Ministerio de Salud para operar, deberán circular con el 25% del aforo. "Las municipalidades y el Ministerio de Comunicaciones a través de su rol regulador podrán monitorear la aplicación de la presente disposición y las sanciones en caso de incumplimiento", señalan.

Restricciones, centros comerciales, supermercados, horario
(Foto: Diario de Centro América)

Por aparte, el Ministerio de Salud exige que en todos los ingresos públicos y privados que implique la presencia física de personas, se deberá colocar un rótulo de 30 por 20 centímetros que indique el aforo permitido. Señala que cada Municipalidad debe colocar un rótulo o una manta de 2 por 5 metros que muestre la información del nivel de alerta en que se encuentra el municipio, y esta deberá actualizarse junto con el Semáforo de Covid-19.

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