Guatemala resolvió clasificar como "información reservada" por siete años todo lo relacionado con las negociaciones para un Acuerdo de Comercio Recíproco con los Estados Unidos.
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El Gobierno de Guatemala, mediante el Ministerio de Economía (Mineco), resolvió clasificar como "información reservada" todo lo relacionado con la negociación de un "Acuerdo de Gobierno Recíproco" con los Estados Unidos durante siete años.
El documento que fue publicado en el Diario de Centro América el pasado 14 de julio y menciona que "se clasifica como información reservada" toda la relacionada con la documentación consistente en las propuestas, material explicativo adjunto a ellas, documentos marco, términos de referencia, anexos, correos electrónicos y cualquier otra información que se intercambie con personeros, funcionarios o negociadores de Estados Unidos.
Lo anterior aplica para el contexto de la negociación con dicho país de un futuro Acuerdo de Comercio Recíproco o Agreement on Reciprocal Trade.
Se precisa que se incluye toda la información que será recibida por parte de entidades del sector privado de Guatemala que sean involucrados en la negociación y, toda aquella preparada por las dependencias del Mineco y demás órganos del Estado para ser usada en la negociación del acuerdo.

El acuerdo precisa que la información "debe ser reservada independiente del medio o forma de transmisión o comunicación que sea utilizado, tales como fax, correo electrónico, notas, cartas, entre otros".
Asegura que: "La reserva de la información es importante en virtud que su difusión puede dañar la estabilidad económica del país por lo sensibles que son las materias negociadas y su revelación puede causar serio daño en la estabilidad económica o financiera del país".
La resolución indica que el plazo de reserva de la información clasificada es de siete años, pudiendo ampliarse hasta por cinco, si las causas que hubieren dado origen a esta modalidad persisten.
Añade que la autoridad responsable de la conservación de la Información queda a cargo del viceministro de Integración y Comercio Exterior del Mineco, en forma personal o por medio de la o las personas que este designe.

Condición de los Estados Unidos
El presidente Bernardo Arévalo, confirmó que el Gobierno de los EE.UU. estableció los acuerdos de confidencialidad como condición para sentarse a negociar los aranceles que se impondrán al país.
"De manera que el país que quiera negociar los aranceles tiene que aceptar el principio de confidencialidad de la negociación", declaró el mandatario en la conferencia de prensa denominada La Ronda.
El mandatario explicó que después de la negociación se acuerda lo que se puede publicar al respecto.
"Lo que se ha hecho es sencillamente hacer transparente el acuerdo de confidencialidad", declaró el mandatario, quien recalcó que esto es permitido en temas diplomáticos y de defensa y que esta información puede considerarse así porque es sobre la relación bilateral con los EE.UU.

¿Qué dice la Ley?
La Ley de Acceso a la Información Pública (Decreto 57-2008) establece qué información debe ser considerada confidencial según la Constitución y en las leyes que así lo dispongan. En el caso de los acuerdos, tratados o convenios internacionales suscritos por Guatemala, será cuando así sean establecidos, explicaron abogados consultados.
Por ejemplo, en los incisos 1 y 2 del artículo 23 de la referida norma, se precisa que se considera información reservada la relacionada con asuntos militares clasificados como de seguridad nacional y la relacionada con asuntos diplomáticos.
Asimismo, la legislación precisa en su artículo 27 que la información pública clasificada como reservada dejará de tener dicho carácter cuando transcurra el plazo de su reserva, que no será mayor de siete años contados a partir de la fecha de su clasificación.
Sin embargo, el artículo 28 indica que cuando persistan las causas que hubieren dado origen a la clasificación de información reservada, de conformidad con dicha ley, los sujetos obligados podrán hacer la declaración de la ampliación del plazo de reserva hasta por cinco años más sin que pueda exceder de doce.
