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¡Gas propano más barato! Entran vigencia precios bajos

  • Por Gustavo E. Méndez
15 de marzo de 2023, 07:26
El reglamento fue publicado este martes en el Diario de Centro América.  (Foto: Archivo/Soy502) 

El reglamento fue publicado este martes en el Diario de Centro América.  (Foto: Archivo/Soy502) 

El descuento al gas propano entrará en vigencia este jueves 16 de marzo y tendrá una duración de tres meses.

EN CONTEXTO: ¡Aprueban subsidio! Así será el descuento para el gas propano

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó este miércoles 15 de marzo el reglamento a la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano.

Este documento deberá ser tomado en cuenta tanto por las empresas envasadoras y por el consumidor para que se pueda aplicar el subsidio.

Estos son los detalles del reglamento:

1. Fecha en que entra en vigencia el subsidio

El subsidio al gas propano entrará en vigencia en Guatemala este 16 de marzo de 2023 y estará activo durante los próximos tres meses.

2. El precio de los descuentos por cilindro

Con este reglamento, el gas recibe este subsidio:

Cilindro de 10 libras - Subsidio de Q8 
Cilindro de 20 libras - Subsidio de Q16 
Cilindro de 25 libras - Subsidio de Q20
Cilindro de 35 libras - Subsidio de Q28


3. Requisitos para obtener el apoyo social temporal

Para que este subsidio aplique al consumidor final, los envasadores de gas propano en cilindros deben contar con licencia vigente anterior al 31 de enero de 2023 y esta no debe estar suspendida.

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) deberá mantener actualizado el registro de las empresas envasadoras, debiendo reportarlo semanalmente de manera electrónica a las Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y a las Unidad de Administración Financiera del Ministerio de Energía y Minas.

4. Envasadores deberán dar factura

Los envasadores de Gas Licuado de Petróleo deberán estar afiliados al Régimen de Factura Electrónica e incluir en la descripción del Documento Tributario Electrónico que se emita, el código que la SAT le proporcionará para reflejar el precio final de venta, así como la disminución del monto correspondiente al apoyo social temporal.

También deberá consignarse el Número de Administración Tributaria (NIT), a excepción de los casos en que se trate de la venta de una sola unidad, en los que podrá en ausencia el NIT, utilizarse el Documento Personal de Identificación del adquirente.

5. El Ministerio de Energía y Minas publicará precios de referencia

Con la finalidad de velar por la adecuada implementación del apoyo social temporal, el Ministerio de Energía y Minas establecerá el precio de referencia máximo para el consumidor y para las plantas o depósitos de envasado de gas.

6. Variaciones en el mercado internacional

Cuando existan variaciones de precios en el mercado internacional del Gas Licuado Procesado y afecten al mercado local, el Ministerio de Energía y Minas actualizará los precios nacionales.

7. Pago de liquidaciones de forma quincenal

El Ministerio de Energía y Minas por medio de la Unidad de Administración Financiera es responsable de realizar las gestiones correspondientes ante el Ministerio de Finanzas para que permita contar con la disponibilidad presupuestaria y financiera para el cumplimiento de la Ley de Apoyo Social Temporal.

El pago de las liquidaciones será de forma quincenal (del 1 al 15 y del 16 al último día del mes correspondiente), esto de conformidad con el informe remitido por la SAT. El primer pago se realizará la segunda quincena del mes de abril del 2023.

8. Cilindros comprados antes de que entre en vigencia el subsidio

Los cilindros que se hayan adquirido antes del inicio de la vigencia del subsidio deberán ser amparados con la factura de compra extendida por la envasadora.

Por otro lado, los cilindros que sean adquiridos antes de la finalización del beneficio o y no fueron vendidos durante la vigencia de la ley, deberán aplicar el beneficio.

9. Verificaciones del pago de subsidio

Para asegurar la implementación del apoyo social temporal, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Economía y la SAT verificarán el traslado de este beneficio a los consumidores.

Se elaborará un programa de fiscalización y control correspondiente a los envasadores de Gas, así como a los expendios de gas en cilindros.

10. Las denuncias a los proveedores que no cumplan

Para las denuncias que se reciban relacionadas al incumplimiento de los regulado en la Ley, la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (DIACO) procederá con la verificación correspondiente.

Las sanciones establecidas en la ley serán impuestas en consideración al informe indicado por el Ministerio de Energía y Minas publicado semanalmente. Así como las fechas de facturas de compra y venta del gas en cilindros.

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