Principales Indicadores Económicos Juegos Olímpicos París 2024

Gobierno obliga pago del Bono 14 y ofrece opciones a empresas

  • Por José Miguel Castañeda
08 de julio de 2020, 09:28
El Ministerio reconoce que los empresarios atraviesan un momento complicado debido a la crisis del Covid-19 y ofrece opciones para poder realizar el pago obligatorio del Bono 14. (Foto: Alexis Batres/Soy502)

El Ministerio reconoce que los empresarios atraviesan un momento complicado debido a la crisis del Covid-19 y ofrece opciones para poder realizar el pago obligatorio del Bono 14. (Foto: Alexis Batres/Soy502)

El Ministerio de Trabajo emitió un comunicado de prensa en el que informa que el pago del Bono 14, bonificación que por ley debe sufragarse durante la primera quincena de julio de cada año, deberá "ser cubierto, especialmente por las empresas que han continuado operando a pesar de la emergencia de Covid-19.

Sin embargo, el Ministerio de Trabajo reconoce que derivado de la situación actual, muchas actividades económicas se han visto afectadas, por lo que ofrece opciones para que los patronos puedan cumplir con su obligación.

  1. Acceso al Fondo de Crédito para Capital de Trabajo.
  2. Declaración Jurada ante el Ministerio de Trabajo

Fondo de Crédito

Esta primera opción consiste en que los empresarios accedan a un préstamo, con una tasa de interés más favorable a la del mercado, a través del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo que se puede tramitar en las cooperativas afiliadas a Micoope, el Banco de Desarrollo Rural (Banrural) y Banco Inmobiliario.

"Se realizaron las gestiones ante las entidades financieras: MICOOPE, Banrural y Banco Inmobiliario, para que los empleadores puedan acceder al Fondo de Crédito para Capital de Traajo, de conformidad con lo establecido por el Decreto Número 13-2020 y el Reglamento de dicho Fondo emitido por el Crédito Hipotecario Nacional (CHN), para el cumplimiento del pago de esta prestación", se lee en el comunicado de prensa del Mintrab.

Sin posibilidad de pago

La otra opción, según detalla el Ministerio, señala que "los patronos que no estén en posibilidad económica" para pagar el Bono 14 deberán comprobarlo y notificar al Ministerio de Trabajo a través de una declaración jurada. Sin embargo, esta cartera aún no especifica si este pago se podrá retrasar sin multa alguna.

"Los patronos que no estén en posibilidad económica para realizar el pago de la Bonificación y así lo comprueben, deberán informar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social sobre dicha situación, a través de una declaración jurada, como establece la legislación aplicable. La inspección General de Trabajo actuará conforme a la ley en caso de duda razonable o inexactitud de la información declarada", se lee en el comunicado.

  • TE PUEDE INTERESAR:

Esta institución también deja abierta la posibilidad para que existan acuerdos entre trabajadores y empresarios, pero advierte que accionará en caso de que se incumplan los acuerdos establecidos.

  • ADEMÁS:

De acuerdo con la Ley de Bonificación Anual Para Trabajadores del Sector Privado y Público, este pago debe hacerse en los primeros 15 días de julio y equivale a un salario completo cuando el trabajador lleve menos de un año laborado en la empresa, este pago se hará proporcional.

  • MIRA AQUÍ:

Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
cerrar