Aunque se elimine el toque de queda, la Ley Seca permanecerá igual y no se podrá consumir licor en lugares públicos ni venderlo a partir de las nueve de la noche.
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Entre las normativas y prohibiciones en el país tras la finalización del Estado de Calamidad se encuentran las disposiciones para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, conocida como Ley Seca, la cual seguirá vigente de 21:00 horas a las 6:00 de la mañana del día siguiente a partir de este 29 de septiembre en todo el país.
La reglamentación indica que quien incumpla esta medida será sancionado con una multa de 100 mil quetzales y se abrirá un expediente para la cancelación de la patente de comercio.
- ASÍ TE LO CONTAMOS:
El Gobierno emitió una serie de publicaciones en el Diario de Centro América en las cuales se detallan algunas normativas y prohibiciones en el país.
La medida establecida en el Acuerdo Gubernativo 151-2020, y firmada en Consejo de Ministros y publicada en el Diario de Centro América, dicta que queda prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas de lunes a domingo en el horario antes mencionado en establecimientos comerciales, discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, hoteles y pensiones, comercios y supermercados.
La reglamentación indica que quien incumpla esta medida será sancionado con una multa de 100 mil quetzales y se abrirá un expediente para la cancelación de la patente de comercio.
Además, se prohíbe a personas individuales el consumo de bebidas alcohólicas en dichos horarios en los establecimientos mencionados. A los que se sorprenda serán multados con 5 mil quetzales.
Mira el acuerdo completo acá:
Excepciones
La medida excluye las fiestas navideñas y de fin de año, es decir los días 24 y 25 así como 31 de diciembre y el día 1 de enero.
Además, queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública así como en las áreas adyacentes a los establecimientos con prohibición anteriormente mencionados.
Este acuerdo comienza a regir este 1 de octubre del 2020.
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