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¡Por no desalojar bloqueos! Jueza no acepta pruebas del MP y libera a exministro

  • Por Dulce Rivera
16 de enero de 2024, 20:14
Una jueza determinó que las pruebas que el MP presentó son insuficientes, decretó falta de mérito y ordenó su liberación. (Foto: Wilder López/Spy502)

Una jueza determinó que las pruebas que el MP presentó son insuficientes, decretó falta de mérito y ordenó su liberación. (Foto: Wilder López/Spy502)

El exministro de Gobernación fue acusado por el MP, pero una jueza decretó falta de mérito y ordenó su liberación.

EN CONTEXTO: Esto pasó con el exministro de Gobernación capturado

Este martes 16 de enero se desarrolló la audiencia de primera declaración en contra del exministro de Gobernación Napoleón Barrientos. 

El exfuncionario fue capturado el pasado 11 de enero acusado de desobediencia e incumplimiento de deberes por no desalojar los bloqueos que ocurrieron en octubre de 2023 los cuales se generaron para exigir la renuncia de la fiscal general Consuelo Porras.

Falta de mérito

La audiencia concluyó pasadas las 20:00 horas de la noche de este martes 16 de enero y la jueza Wendy Coloma resolvió dictar falta de mérito a favor del exministro y ordenó su liberación de manera inmediata. 

Según la juzgadora, los indicios presentados por el Ministerio Público no son medio de prueba para determinar que haya cometido algún ilícito. El MP había presentado varios videos de los bloqueos registrados en octubre pasado. 

Mientras el ministro alegó en su defensa que se cumplieron con los protocolos y que de esa manera se evitó más violencia en el país. 

La acusación

La Fiscalía de delitos administrativas pidió la orden de captura en contra del exministro de Gobernación, Napoleón Barrientos.

El MP acusa al exfuncionario de los delitos de incumplimiento de deberes y desobediencia por no usar la fuerza pública para desalojar bloqueos y manifestaciones.

"La investigación estableció que Barrientos Girón, en su calidad de Ministro de Gobernación, omitió actos propios de su función relacionados a cumplir y hacer cumplir el régimen jurídico relativo al mantenimiento de la paz y el orden público, la seguridad de las personas y de sus bienes, la garantía de sus derechos, y en especial la ejecución de las órdenes y resoluciones judiciales al no cumplir con lo ordenado en resolución de fecha 16 de marzo del año 2023 emitida por la Corte de Constitucionalidad", explicó el Ministerio Público.

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