El consumo y venta de bebidas alcohólicas en los horarios restringidos por la pandemia del Covid-19 serán sancionados con multas para los comercios y los consumidores.
Este miércoles 20 de enero, el Ejecutivo estableció nuevas restricciones que van orientadas principalmente al aforo en comercios y principalmente a mercados, los cuales tendrán un horarios restringido.
Además, se recordó que existe un horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas en comercios y lugares públicos y que se establecieron multas a través del Acuerdo Gubernativo 151-2020.
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En el Acuerdo Gubernativo se establece una prohibición para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, fermentadas o destiladas de lunes a domingo desde las 21 horas a las 6 de la mañana del día siguiente.
Esta norma debe de ser cumplida por discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios, moteles, pensiones, así como supermercados, automercados, abarroterías, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales.
Los comercios que incumplan el Acuerdo, podrían recibir una sanción de 100 mil quetzales, "y dará lugar al inicio del expediente para la cancelación de la patente, licencia o permiso otorgado a la persona individual o jurídica propietaria del establecimiento", señala.
Además, los consumidores que sean sorprendidos consumiendo bebidas embriagantes en los horarios prohibidos en lugares públicos o comercios, recibirán una multa de 5 mil quetzales.
El Acuerdo fue emitido el 29 de septiembre del año pasado y firmado en Consejo de Ministros, pero, según las autoridades de Salud, se ha incumplido, por lo que ahora serán más estrictos.
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