El Congreso aprobó la Ley de Vacunas que exonera de responsabilidad a las farmacéuticas que entregue dosis anticovid a Guatemala.
EN CONTEXTO: Congreso aprueba de madrugada ley que permitirá recibir vacunas
En horas de la madrugada de este jueves 1 de julio, los diputados del Congreso dieron el aval a la llamada Ley de vacunas Covid-19, pero ¿qué aprobaron?
El Decreto, que ahora debe de ser sancionado o vetado por el presidente Alejandro Giammattei, exonera de cualquier responsabilidad civil a las farmacéuticas que vendieron a Guatemala vacunas, por las posibles complicaciones que puedan tener las personas luego de la aplicación del inmunizador.
En su defecto, el Gobierno deberá hacerse cargo y para ello se creó un mecanismo de compensación en el que se establecen indemnizaciones monetarias para quienes sufran complicaciones.
Pagos para los afectados
Las personas que sufran complicaciones y requieran de hospitalización y rehabilitación deberán ser atendidas en los servicios de salud o en el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), si están afiliados.
Por cada día que esté internado y durante el tiempo de rehabilitación, recibirá un salario mínimo para las actividades no agrícolas diario, es decir, Q92.88 por cada día.
Cuando los afectados sufran alguna discapacidad o incapacidad y no son afiliados al IGSS, se les otorgará una indemnización concerniente en 10 salarios mínimos para las actividades no agrícolas por mes, que representan Q30,751.
Y, en caso de fallecimiento la familia o personas que reclamen lo ocurrido, se otorgará un solo pago de 15 salarios mínimos mensuales para las actividades no agrícolas, lo que representaría un pago único de Q46,126.50.
Estas compensaciones fueron incrementadas, comparado con la iniciativa presentada por el Ejecutivo, quienes habían sugerido una indemnización de Q8,475.20 para los que sufrieran incapacidad o muerte.
Excepciones de la Ley de vacunas
Todos los reclamos que se reciban deberán ser evaluados por un Comité que estará bajo la tutela del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), el cual establecerán si las complicaciones fueron causadas realmente por la vacuna.
También se establecieron algunas excepciones. Si el Comité establece que hubo omisiones u acciones dolosas, es decir, provocadas, que causaron los padecimientos, entonces no se realizará la indemnización.
Tampoco se otorgará el resarcimiento a las personas que fallezcan o sufran una lesión grave y se demuestre que fue resultado de una mala conducta intencional o con dolo.
¿Cómo hacer el reclamo?
Según la Ley aprobada, el Gobierno se hará responsable sólo de las vacunas que haya comprado o recibido en donación en los próximos 24 meses (dos años) a partir de la vigencia del Decreto 8-2021.
La compensación se hará únicamente a las personas que no estén afiliados al Seguro Social, quienes sí cuenten con IGSS, se aplicarán las normas y beneficios establecidos ya por esa institución.
Los reclamantes tendrán 30 días (un mes) para presentar su reclamo o solicitud. Estos se contará a partir de la fecha que haya tenido conocimiento el Comité de Evaluación de Reacciones Adversas Serias a las Vacunas, el cual tendrá 90 días (3 meses) para emitir un dictamen.
Para ello, el Comité investigará el caso y establecerá si las reacciones son atribuibles a la vacuna.
También se crea un Fondo de Compensación Económica Vacuna Covid-19 que tendrá una asignación de Q20 millones que se obtendrán a través de readecuaciones presupuestarias en Salud y que servirá para el pago de las indemnizaciones.