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Entra en vigencia el subsidio de Q5 al galón de diésel

  • Por Gustavo E. Méndez
29 de agosto de 2022, 06:58
El subsidio al diésel entra en vigencia este martes 30 de agosto. (Foto: Archivo/Soy502) 

El subsidio al diésel entra en vigencia este martes 30 de agosto. (Foto: Archivo/Soy502) 

Entra en vigencia la Ley que da vida al nuevo subsidio al diésel. Sin embargo, aún no entrará en vigencia y solo durará un mes.

EN CONTEXTO: El Congreso aprueba subsidio de Q5 para el diésel

La "Ley de Apoyo Social Temporal a lo consumidores de Combustible Diésel", Decreto 20-2022 del Congreso de la República fue publicada este lunes 29 de agosto en el Diario de Centro América, el cual contiene la disposición de un subsidio de Q5 por galón de diésel consumido por usuarios.

Sin embargo, el subsidio al diésel aún no será oficial. Pese a que el documento publicado señala que entra en vigencia al día siguiente de su publicación, es decir este martes 30 de agosto, el descuento en los combustibles ocurrirá cuando el Ministerio de Energía y Minas (MEM) publique el reglamento a esta ley. Es decir, esto sucederá dentro de los próximos 8 días hábiles, según los artículos 9 y 10 del Decreto. 

Es decir, que de cumplirse los 8 días hábiles, el subsidio al diésel podría entrar en vigencia el próximo miércoles 7 de septiembre.  El subsidio consiste en un apoyo temporal de Q5 por cada galón que se consuma de diésel.

¿Cuánto durará?

Los diputados aprobaron la ampliación al subsidio al diésel el pasado 5 de agosto y esta medida, según habían señalado los legisladores, estaría vigente por dos meses. Sin embargo, el descuento estará disponible hasta el 30 de septiembre. 

El Gobierno ha dispuesto una ampliación presupuestaria de Q200 millones, los cuales serán financiados con recursos de la disminución de caja de los anteriores subsidios. 

Las reglas

Sin embargo, para que este subsidio aplique al consumidor final, los refinadores, transformadores o importadores de diésel deben contar con licencia vigente emitida por el MEM y esta no debe estar suspendida. 

Los importadores deberán estar afiliados al régimen de factura electrónica. Además, deben emitir facturas a los consumidores y estas deben tener el NIT del consumidor o consignarse un Código Único de Identificación (CUI).

Finalmente, el MEM, la Dirección de Asistencia y Atención al Consumidor (Diaco) y la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) verificarán que el descuento se traslade a los consumidores finales. 

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