Después que el presidente Alejandro Giammattei decidiera vetar el Decreto 15-2020 que prohibía cortar servicios básicos mientras dure el Estado de Calamidad establecido por el Covid-19, el Ejecutivo presentó una nueva propuesta, que ahora deberá ser conocida por el Congreso.
Con esta nueva propuesta los diputados tienen dos opciones. Primera: rechazar el veto presidencial al Decreto 15-2020 aprobado el 3 de abril y para ello requieren de mayoría calificada en el hemiciclo. Segunda: dar trámite a la nueva propuesta del Gobierno y aprobarla de urgencia nacional o enviarla a comisión y aprobarse en tres lecturas.
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La nueva propuesta
La propuesta del Ejecutivo busca "garantizar la continuidad del suministro de los servicios esenciales evitando la suspensión por falta de pago" y de ser aprobado, deberá ser acatado por entidades estatales o privadas que los provean.
En la iniciativa se contempla garantizar el servicio de agua potable, energía eléctrica, telefonía móvil y residencial, así como el Internet. Y se impide el corte de los mismos durante mayo, junio y julio de este año, a los usuarios que no hayan hecho efectivo el pago mensual de su factura.
Sin embargo, establece algunas limitantes. En el caso de la luz, no se podrá hacer cortes a las personas que no hayan excedido un consumo mensual de 300 kilovatios hora. Además, detalla que la persona que desee el beneficio deberá solicitarlo a la entidad distribuidora mediante un convenio de pago hasta por 12 meses.
Mientras que, en el caso del agua potable, se establece un máximo de consumo para optar al beneficio de 300 quetzales mensuales. Además, el Ejecutivo autoriza un aporte de 45 millones de quetzales (Q45,000,000) para la Empresa Municipal de Agua (Empagua) en la capital para sufragar los impagos que pueda generar la medida.
Teléfono e internet básicos
En el caso de la telefonía, las empresas "no podrán suspender el servicio" pero sí reducirlo a un plan de comunicación básica y no podrían aplicar cargos moratorios ni penalizaciones por la falta de pago.
Lo mismo sucede con el Internet, las empresas no podrán cortar el servicio, pero podrán reducirlo a una navegación básica que permita al usuario acceder, por lo menos, a su correo electrónico y "páginas de gobierno... y demás entidades públicas". Tampoco podrán aplicar penalizaciones ni moras.
Requisitos
Para optar a los beneficios establecidos en la ley, los usuarios deberán realizar una solicitud a los proveedores de los servicios, a través de medios digitales o de la manera en que las empresas lo establezcan.
Además, en la iniciativa se aclara que "las obligaciones y contrataciones celebradas entre los usuarios y las empresas proveedoras de servicios..., no se verán afectadas por la suscripción del convenio respectivo, ni por las medidas decretadas".
- Aquí puedes acceder a la Iniciativa de Ley completa:
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