Fue una sesión de pleno intensa en la Corte de Constitucionalidad (CC). Siete magistrados y dos ponencias: la oficial presentada por Neftalí Aldana que propuso la inscripción de Zury Ríos y la alterna presentada por Gloria Porras.
Finalmente obtuvo la mayoría de votos la de Porras con la que, la hija de Efraín Ríos Montt ha quedado fuera de la contienda electoral.
Zury Ríos pidió públicamente a la magistrada Porras separarse del caso con el argumento que tiene afinidad con un partido político y que ya había externado opinión y animadversión a su inscripción.
Una fuente de la alta Corte confío que Gloria Porras efectivamente pensó en separarse de conocer el caso, lo cual no se concretó.
Días antes de la sesión que definió la candidatura de Zury Ríos, la magistrada Porras estuvo en el extranjero. En ese momento se generó el rumor que el presidente de ese organismo convocaría a reunión para definir la candidatura. Pero Bonerge Mejía disipó la noticia anunciando que el caso sería resuelto por los magistrados titulares y en una transparencia inédita anunciaron incluso el día en que se resolvería este caso. Además el de Thelma Aldana y Sandra Torres.
Votos razonados
Al terminar la sesión de pleno el lunes se convocó a una conferencia de prensa en la CC. Ningún magistrado apareció y en su lugar el secretario Martín Guzmán ofreció detalles: “La prohibición de la literal C del artículo 186 de la Constitución tiene un carácter atemporal y por ello es aplicable en cualquier tiempo a los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del caudillo o jefes de golpe de estado” explicó Guzmán.
Se ordenó al Tribunal Supremo Electoral revocar la inscripción de Zury Ríos.
Los magistrados en contra de la inscripción son: Bonerge Mejía, Gloria Porras, Francisco de Mata Vela y Mynor Par Usen.
Los tres magistrados que no están de acuerdo y razonaron su voto son: Dina Ochoa, Neftalí Aldana y Phillip Comte.
- Aquí puedes leer completo el voto razonado:
El primer voto razonado que se ha conocido públicamente es el de Dina Ochoa. La magistrada Ochoa considera que la interpretación de sus colegas a favor son “antojadizas” y carecen de fundamento jurídico. Y menciona que su colega Gloria Porras tenía “predisposición para resolver en perjuicio de los derechos políticos de la amparista”.
Dina Ochoa menciona que es absurda la interpretación que prohibe a perpetuidad a los parientes de un caudillo o jefe de estado “el ejercicio pleno de sus derechos políticos por actos que le son ajenos”.
Ochoa dice que esta resolución incluso condena a generaciones no nacidas “a mi juicio, limitar el ejercicio de un derecho humano de la persona no nacida, se traduce en su muerte civil y política”.
La magistrada Dina Ochoa menciona que no solo Zury Ríos es la afectada sino su hija (ahora de 12 años), sus posibles nietos o nietas y sus posibles bisnietos.
Con esta resolución Zury Ríos queda definitivamente fuera de la contienda electoral y el único recurso que puede presentar es una petición para aclarar o ampliar el fallo, lo que no cambia la decisión.