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CC suspende provisionalmente artículos de Ley de Telecomunicaciones

  • Por Alexis Batres
06 de junio de 2014, 17:46
La Corte de Constitucionalidad decidió suspender provisionalmente tres artículos de la Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura para la Transmisión de Datos (Foto: Archivo)

La Corte de Constitucionalidad decidió suspender provisionalmente tres artículos de la Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura para la Transmisión de Datos (Foto: Archivo)

La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió suspender provisionalmente tres artículos de la Ley que controlaría las telecomunicaciones en cárceles y fortalecería la infraestructura de transmisión de datos.

Los artículos suspendidos de la Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura para la Transmisión de Datos son: 11, 12 y 13; precisamente los que reforman el Código Penal y disponen hasta ocho años de prisión para aquellas personas que interrumpan de cualquier forma la instalación o reparación de una torre de transmisión de datos.

Lo anterior se relaciona con el artículo 4 de dicha Ley que refiere que las empresas de telecomunicaciones que posean específicamente más de 6 mil kilómetros de fibra óptica instalada en el país, podrán colocar torres de transmisión de datos en terrenos públicos o privados. 

De acuerdo con el artículo 4 de esta Ley las empresas de telecomunicaciones pueden instalar torres de transmisión de datos en terrenos públicos o privados y aquellos que se opongan podrían incurrir en delito (Foto: Archivo)
De acuerdo con el artículo 4 de esta Ley las empresas de telecomunicaciones pueden instalar torres de transmisión de datos en terrenos públicos o privados y aquellos que se opongan podrían incurrir en delito (Foto: Archivo)

Nuevas impugnaciones

Martín Guzmán, secretario de la CC, explicó este viernes que el origen de la suspensión radica en dos nuevas impugnaciones presentadas por el Movimiento Cívico Nacional y dirigentes Indígenas.

Esta disposición de la CC sorprende pues a mediados del mes pasado, la misma entidad resolvió no suspender los 12 artículos con los que cuenta la Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura para la Transmisión de Datos.

Las impugnaciones de la Ley ante la CC fueron por parte de movimientos indígenas y la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), pues ésta atentaba en contra de su autonomía pues redujo el cobro que estas hacían a las empresas de telecomunicaciones para la instalación de torres y cableado.  

Dicha Ley fue aprobada de urgencia nacional con 108 votos en el Congreso de la República; la iniciativa fue presentada ese mismo día en Dirección Legislativa por el diputado oficialista Valentín Gramajo y horas más tarde había una nueva Ley.

Las críticas se vertieron en contra de los legisladores debido a la ausencia de discusión y análisis de la misma; además, la Ley solo contiene tres artículos que se refieren al control de señal de celulares en centros carcelarios y los artículos restantes otorgan beneficios a las empresas de telecomunicaciones. 

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