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CC niega amparo a vicepresidente Guillermo Castillo y antejuicio continúa su rumbo

  • Por Heidi Loarca
28 de septiembre de 2023, 08:54
La CC le negó la solicitud de amparo promovida por el vicepresidente, Guillermo Castillo. (Foto: archivo/Soy502)

La CC le negó la solicitud de amparo promovida por el vicepresidente, Guillermo Castillo. (Foto: archivo/Soy502)

La Corte de Constitucionalidad (CC) le niega al vicepresidente Guillermo Castillo una solicitud de amparo

EN CONTEXTO: CSJ da trámite a antejuicio contra vicepresidente Guillermo Castillo

La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió rechazar una solicitud de amparo presentado por el vicepresidente de la República, Guillermo Castillo, con lo cual buscaba detener el proceso de antejuicio en su contra.

Con ello, queda firme la decisión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la cual dio trámite al proceso, promovido por el abogado Nimrod Israel Estévez González, que data del 2020.

El 31 de julio de ese año la CSJ dio trámite a la solicitud (expediente 46-2020) de Estévez, por lo que el trámite ahora pasará a manos del Congreso.

Estévez González, argumentó que hubo ilegalidad en el nombramiento de Ángela Figueroa como titular en la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio (SENABED). 

De acuerdo con el denunciante, no se cumplieron con los requisitos para dicho nombramiento. Esto ocurrió cuando Oscar Conde dejó esa dirección para ser nombrado como viceministro administrativo del Ministerio de Gobernación. 

Castillo esgrimió, en ese momento, que "el 7 de agosto (2020) concluyó el proceso para nombrar al Secretario definitivo, luego del proceso que establece la ley para designar a alguien por un periodo nuevo". El 2 de agosto de 2020, Castillo presentó una acción de amparo en contra de la resolución de la CSJ y al día siguiente la CC le había otorgad un amparo provisional.

Esto explica la CC

La CC explica que el trámite de antejuicio no le causa agravio al vicemandatario, pues se siguieron todos los procedimientos establecidos en la ley, tomando en cuenta que la decisión de la CSJ fue apegada a la normativa establecida para ello.

Conforme a los procedimientos, luego del fallo de la CC, corresponde que la CSJ envié el expediente del caso al Organismo Legislativo, donde se deberá integrar una comisión pesquisidora de cinco integrante para analizar el proceso y recomendará o no retirar la inmunidad al vicepresidente.

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