El Congreso aprobó de Urgencia Nacional una Ley de Emergencia para atender la crisis del Covid-19, pero ¿Qué aprobaron los diputados?
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El Decreto se elaboró por los jefes de bloques del Congreso y pasó la noche del lunes 13 de septiembre con el aval de 137 congresistas que votaron a favor.
La Ley estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año, pero se ampliará hasta marzo del 2022 todo lo relacionado con la contratación de recurso humano y el contrato abierto de Salud.
La intención es facilitar las compras y contrataciones de personal al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) y al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS). Estos son los 10 puntos más importantes del Decreto 11-2021:
1. Incremento presupuestario:
Se autorizó un incremento al presupuesto del MSPAS de 1,878 millones de quetzales que deberán utilizarse para la contratación de más personal, compra de medicamentos, insumos y kits para pacientes positivos.
Los recursos serán obtenidos de los espacios presupuestarios otorgados en la Ley de Rescate Económico a las Familias, aprobada en 2020 y que ya no está en vigencia.
2. Agilizan compras y establecen precios de referencia
Se permite al MSPAS realizar compras rápidas utilizando la oferta electrónica, hasta por un monto de 2 millones de compra por producto. Además, se permite utilizar el contrato abierto de Salud, reduciendo plazos y hasta una prórroga contractual. Permite adjudicar a concursos con un oferente, y se permite al MSPAS y al IGSS utilizar sus contratos abiertos cuando lo requieran por alguna emergencia.
Además, se obliga y permite la agilización de donaciones, para lo que se declararon exentas de todos los impuestos de importación, del Valor Agregado y derechos arancelarios, siempre que sean para atender la pandemia del Covid-19.
Ante las quejas de cobros indebidos, también se aprobó la publicación de un listado de precios de referencia de medicamentos relacionados para atender la pandemia y el costo de servicios hospitalarios privados que permitan a la población acudir a los lugares o comprar de acuerdo a sus ingresos económicos.
3. Contratación de personal y Bono a salubristas:
Se creó un capítulo completo para reducir los requisitos y permitir la contratación excepcional de recurso humano incluyendo médicos generales y especialistas, paramédicos, enfermeras de escuelas privadas y públicas, técnicos, estudiantes de medicina y enfermería con pénsum cerrado, así como médicos extranjeros.
También se autorizó un bono único de 2 mil quetzales a todos los trabajadores del MSPAS.
4. Transparencia:
La Contraloría General de Cuentas (CGC) deberá nombrar comisiones de auditoría para verificar y fiscalizar las compras que se hagan en todo su proceso.
Además, el IGSS y el MSPAS estarán obligados a remitir informe de todas las compras que realicen al Congreso, a la instancia de Jefes de Bloques, a la Comisión de Salud y Probidad, a la CGC y a la Comisión de Transparencia.
Y se creará un programa presupuestario denominado Ley de Emergencia Nacional para la Atención de la Pandemia Covid-19 que registre todos los gastos y puedan ser fiscalizados por la población.
5. Registros sanitarios:
Se ordena al Departamento de Regulación y Control de Calidad de Productos Farmacéuticos y Afines, realizar de manera expedita los registros de moléculas nuevas, renovaciones y productos afines para atender y tratar a pacientes con Covid-19.
Algunos diputados argumentaron que la idea era desmonopolizar la venta de medicamentos para el coronavirus, pero otros argumentaron que era un "negocio redondo" para los que no habían cumplido requisitos, pues se establecen plazos de entre 15 y 30 días para las resoluciones de los registros sanitarios.
6. Becas para estudiantes:
El MSPAS deberá pagar salario mínimo no agrícola (Q2,825.10 mensuales) a los estudiantes de medicina que prestan sus servicios para atender a pacientes con Covid-19 y que realizan prácticas en los diferentes niveles de atención de salud.
7. Bienes de narcos y corruptos:
El MSPAS y el IGSS podrán coordinar con la Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio (Senabed) la entrega temporal de los bienes extintos a personas condenadas o en procesos judiciales que puedan ser utilizados como hospitales temporales para atender a pacientes con Covid-19.
Para ello el Ministerio de Finanzas deberá remitir al MSPAS y al Congreso el inventario de predios o bienes inmuebles del Estado que puedan ser utilizados para este fin.
La mayoría de estos bienes inmuebles pertenecen a narcotraficantes, lavadores de dinero o exfuncionarios señalados o condenados por actos de corrupción.
8. Hospital temporal:
Los diputados también permitieron a Salud disponer de las áreas que sean necesaria del Parque de la Industria para ampliar el hospital temporal, sin costo alguno y sin condiciones.
9. Vacunación y manejo de la pandemia:
Con la ley, el Congreso autorizó el inicio de la vacunación de menores de 12 a 17 años, a quienes se les debe de garantizar la conclusión de su esquema completo (dos vacunas).
También se obliga a actualizar ls disposiciones relacionadas con los aforos, cordones sanitarios, pruebas de diagnóstico, con el fin de buscar la reducción de contagios. Asimismo, se pide al Ministerio de Trabajo que promueva la labores a distancia para evitar contagios.
El MSPAS deberá programar y desarrollar brigadas comunitarias para la vacunación, detección y mitigación de casos en las áreas rurales coordinando con los Consejos Comunitarios de Desarrollo.
10. Permiso laboral:
Las empresas estarán obligadas a conceder permiso con goce de salario a sus trabajadores para que asistan a centros de vacunación autorizados. Siempre que presenten constancia de vacunación.
- Descarga aquí el Decreto 11-2021 completo: