Este miércoles se publicó en el diario oficial la Ley que Promueve el Turismo Interno, la cual permitirá gozar de algunos asuetos para que los fines de semana se vuelvan de tres días.
El Decreto 19-2018 del Congreso de la República establece en su artículo 1 sobre la reforma a la anterior normativa, ya que esta solo aplicaba específicamente para el Día del Ejército.
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Con esta nueva medida se establece que, cuando el asueto sea martes o miércoles, el descanso se gozará el lunes anterior inmediato; cuando coincida con jueves, viernes, sábado o domingo, este se aplicará al lunes siguiente más cercano.
¿Descanso del 20 de octubre?
Debido a que la ley entrará en vigencia el 17 de octubre (ocho días después de su publicación, según se lee en el diario oficial), el asueto del 20 de octubre, que cae sábado, podría aplicar para que el descanso se goce el lunes siguiente.
La ley excluye el 1 de enero (Año Nuevo), medio día del Jueves y Viernes Santo, 10 de mayo (Día de la Madre), 15 de septiembre (Día de la Independencia), 1 de noviembre (Día de Todos los Santos), medio día del 24 de diciembre (Nochebuena) y 25 de diciembre (Navidad).
Además, la normativa excluye el día de la festividad de la localidad.