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Mitos y realidades de la iniciativa de ley 5272

  • Por José Miguel Castañeda
30 de agosto de 2018, 05:00
La polémica propuesta ha avanzado en el Congreso. (Foto: Archivo/Soy502)

La polémica propuesta ha avanzado en el Congreso. (Foto: Archivo/Soy502)

La propuesta ha avanzado en el Legislativo y lleva aprobadas dos lecturas. La próxima semana se espera que conozcan la redacción final

 

Por José Miguel Castañeda

 

La iniciativa de Ley para la Protección de la Vida y la Familia (o conocida como Ley 5272) ha generado polémica desde que fue propuesta por un grupo de diputados conservadores, que encabeza el presidente de la Comisión de la Mujer, Aníbal Rojas.

La propuesta es respaldada por organizaciones religiosas y ha generado críticas de grupos que promueven la diversidad sexual y la defensa de los derechos de la mujer.

La mayoría de diputados ya avaló dos de los tres debates de la propuesta, por lo que únicamente falta el tercer debate, la aprobación de cada artículo y la redacción final, para que pueda enviarse al Ejecutivo y que Jimmy Morales la conozca y pueda dar su aval para convertirse en decreto o vetar la ley.

 

LEE EL DICTAMEN COMPLETO:

 

El contenido de la polémica iniciativa ha generado rumores, aquí te explicamos qué es cierto y qué no de lo que se dice de esta propuesta.

 

Prisión para mujeres que aborten

La iniciativa de Ley 5272 contempla que las mujeres que se provoquen un aborto o permitan que alguien más se los cause, serán sancionadas con prisión de cinco a diez años.

Las personas que se dediquen a provocar los abortos también podrían ser sancionados con hasta 50 años de cárcel.

 

¿Los abortos espontáneos también serían castigados con prisión?

Sí. El artículo 10 de la propuesta contempla que el "aborto culposo" será castigado con prisión de dos a cuatro años.

Varios sitios especializados en medicina definen el aborto culposo como el que se produce por un accidente o como resultado de una conducta en la que no se tenía la intención de provocar el aborto.

No obstante, el Código Penal establece que las condenas menores a cinco años de prisión pueden ser conmutables. Es decir, que quienes sufran un aborto espontáneo podrían pagar para evitar la cárcel.

 

¿Se prohíben todos los abortos?

No. La iniciativa no fija una pena para los abortos terapéuticos, es decir, cuando la vida de la madre corra peligro si da a luz.

Expresamente, la reforma al Código Penal establecería que "no es punible", toda vez el aborto sea avalado por al menos dos médicos gineco-obstetras. En caso de que esto ocurra en alguna comunidad en la que no haya profesionales de la medicina, el visto bueno lo deberán dar dos médicos generales.

 

Educación sexual

La iniciativa de ley prohibiría promover programas relativos a la diversidad sexual y la ideología de género. Además, no se permitiría "enseñar como normales" las conductas distintas a la heterosexualidad. La propuesta no prohíbe la enseñanza de métodos anticonceptivos.

 

Relaciones entre personas del mismo sexo

Actualmente la ley no reconoce los matrimonios entre personas del mismo sexo, pero la propuesta de reforma al Código Civil los prohibiría expresamente.

La ley tampoco permitiría que quienes se definan como homosexuales adopten a niños y prohibiría la unión de hecho.

 

¿Los homosexuales no podrán denunciar agresiones?

No. Aunque el artículo 18 de esta propuesta establece que nadie está obligado a aceptar como "normal" cualquier conducta no heterosexual y no podrá ser perseguida penalmente por esto, se hace la salvedad que esto será siempre que no hubiere atentado contra la vida, la integridad o la dignidad de quienes piensen distinto.

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