El Ministerio de Educación emitió un reglamento para el funcionamiento de centros de aprendizaje de tecnologías de información y comunicación.
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El Ministerio de Educación (Mineduc) emitió el Acuerdo Ministerial 831-2023 que establece la normativa para el funcionamiento de los Centros de Aprendizaje de Tecnologías de la Información y la Comunicación (CAT).
Con ello, los CAT funcionarán bajo la rectoría del Mineduc y para lo cual, los establecimientos que contemplen esta característica, deben cumplir con ciertos lineamientos educativos, administrativos y técnicos para su funcionamiento.
Además, se establece que los cursos libres que sean autorizados tendrán una duración de 200 a 480 horas cuando sean iniciales; de 481 a 960 horas cuando sean intermedios y de niveles avanzados serán de 961 horas en adelante.
En el documento también se establece que las personas interesadas o instituciones que busquen abrir un CAT deben presentar una solicitud de autorización a la Dirección Departamental de Educación que corresponda.
En estos lineamientos, el Mineduc establece que el funcionamiento de un CAT en un centro educativo a nivel nacional que desarrollen cursos libres, no están autorizados para el cobro adicional de este servicio.
Finalmente, el Mineduc establece que no se autorizará el funcionamiento de academias privadas o CAT anexadas a centros educativos privados.