Principales Indicadores Económicos Juegos Olímpicos París 2024

Ley que prohíbe corte de servicios sigue sin entrar en vigencia

  • Por José Miguel Castañeda
20 de abril de 2020, 11:05
El Congreso aprobó un decreto para evitar el corte de servicios, pero no ha entrado en vigencia. (Foto: archivo/Soy502)

El Congreso aprobó un decreto para evitar el corte de servicios, pero no ha entrado en vigencia. (Foto: archivo/Soy502)

La madrugada del 3 de abril, los diputados aprobaron una ley para prohibir los cortes de los servicios de agua, energía eléctrica, televisión por cable, telefonía e Internet durante el Estado de Calamidad, con lo que se busca ayudar a las familias afectadas por la crisis del coronavirus Covid-19.

  • MIRA AQUÍ:

De acuerdo con lo aprobado por los diputados, los pagos atrasados no generarán mora, intereses, gastos administrativos ni cualquier otra penalización, y los usuarios podrán suscribir convenios de pago para que estos servicios sean pagados hasta en 12 cuotas, las cuales iniciarán el mes siguiente a cuando concluya el estado de calamidad.

Esta medida aún no entra en vigencia, porque el presidente Alejandro Giammattei no le ha dado el visto bueno. Según los registros de Dirección Legislativa, el Decreto 15-2020 fue enviado al Organismo Ejecutivo el 7 de abril para su revisión.

Esta iniciativa de ley fue propuesta por diputados de oposición en el Congreso de la República y no forma parte del paquete de ayuda que envió el Organismo Ejecutivo ni consensuado por la bancada oficialista.

Algunos servicios básicos ofrecidos por diferentes compañías, como telefonía, Internet y electricidad, habían indicado por su parte los planes que tendrían para las familias que no pudieran pagar, pudieran tener opciones y no quedarse sin estos servicios básicos durante la emergencia sanitaria por el Covid-19.

  • TE PUEDE INTERESAR:

El pasado jueves, en el diario oficial, fueron publicados los decretos 14 hasta el 20 de este año, pero hizo falta el 15-2020.

La Constitución Política de la República le da un plazo de quince días al mandatario para publicar su sanción o veto y este tiempo vencerá este miércoles. La Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia confirmó que el documento "se encuentra en proceso de análisis" en la Secretaría General de la Presidencia.

  • ADEMÁS:

Si el plazo vence sin que Giammattei avale o rechace la ley, esta se tendrá por sancionada automáticamente y el Congreso tendrá ocho días para publicarla. El Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial.

Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
Obteniendo...
cerrar