Un tribunal consideró que el exempleado del Renap cometió un delito al inscribir un nacimiento inexistente.
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Elman Omar Cobar Saquil no solo perdió su trabajo, sino que también deberá purgar una pena en prisión y pagar una multa, por haber inscrito en el Registro Civil a una persona que no existe.
El Ministerio Público (MP) informó sobre el caso que data de 2010, cuando el hombre laboraba como auxiliar de la citada dependencia del Registro Nacional de las Personas (Renap).
Mediante la investigación correspondiente, la entidad logró determinar que el 13 de enero de ese año, Cobar inscribió un nacimiento que no ocurrió. Debido a eso, lo acusó del delito de supresión y alteración del estado civil.
Más de 13 años después, el Tribunal con Competencia Especializada en Delitos de Trata de Personas lo encontró culpable y lo condenó a seis años de cárcel. Además, le impuso una multa de 100 mil quetzales y lo inhabilitó para desempeñar cualquier empleo o ocupar un cargo público durante 12 años.
#SentenciaCondenatoria
La Fiscalía contra la Corrupción logró condena de seis años de prisión contra Elman Omar Cobar Saquil por el delito de supresión y alteración del estado civil. pic.twitter.com/KrYjc5y6i5
El delito
Según el artículo 240 del Código Penal, comete el mencionado delito quien "falsamente denunciare o hiciere inscribir en el Registro Civil, cualquier hecho
que altere el estado civil de una persona, o que, a sabiendas, se aprovechare de la inscripción falsa".
Esa tipificación también aplica para quien "ocultare o expusiere un hijo con el propósito de hacerlo perder sus derechos o su estado civil". De acuerdo con la normativa, el castigo por estas acciones puede ir de uno a ocho años de prisión.