El Código Penal establece cuáles son los delitos electorales por los que pueden ser denunciados los ciudadanos, funcionarios y políticos.
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A partir del este 20 de enero inició el proceso electoral con la convocatoria a Elecciones Generales. En este sentido, el Ministerio Público ya tiene identificados los principales delitos electorales que ciudadanos, políticos y financistas podrían cometer.
El Código Penal contempla 18 diferentes delitos de tipo electoral, los cuales, según explicaron fiscales del en investigador, podrían agudizarse en los próximos meses.
La Fiscal de delitos electorales del Ministerio Público, Lizbeth Pérez, explicó que durante el proceso electoral de 2019 los delitos con mayor incidencia fueron: coacción al elector, abuso de autoridad con propósito electoral, falsedades material e ideológica, perjurio y turbación del acto eleccionario.
Pérez señala que este escenario podría repetirse durante 2023, aunque hay otros delitos que podrían ser cometidos.
No solo contra políticos
Sin embargo, cabe acotar que los delitos electorales pueden ser cometidos por cualquier persona, algunos por su naturaleza son cometidos de acuerdo con la función de los ciudadanos, es decir, si son funcionarios, candidatos, políticos o financistas.
En el caso de los ciudadanos, el MP detalló los tres delitos más comunes que son cometidos por este grupo:
Abuso con propósito electoral
Este delito consiste en destruir o impedir el libre ejercicio de la propaganda política, por ejemplo la destrucción de la propaganda. Tiene una sanción de uno a tres años de prisión.
Coacción contra la libertad política:
Consiste en ejercer violencia o amenaza para impedir o coartar el ejercicio de cualquier derecho político. Este delito está penado con prisión de seis meses a tres años. La sanción aumenta si lo comete un funcionario electoral o empleado del Estado.
Perjurio
Este delito lo comete el ciudadano que declara ante el Tribunal Supremo Electoral un lugar de residencia que no le pertenece. Esto lo hace con el objetivo de votar en otro lugar en donde no reside. La sanción es de prisión de seis meses a tres años y multa de Q50 mil.
En el caso de los candidatos, funcionarios y financistas están más propensos a cometer otro tipo de delitos. Entre estos:
Falsedad material o ideológica:
Este delito lo comente quien hiciere un documento público falso o alterare uno verdadero o quien con motivo de autorización de un documento público, insertara o hiciera insertar declaraciones falsas concernientes a un hecho que el documento deba probar. En ambos casos la sanción es de dos a seis años de prisión.
Financiamiento electoral:
Este delito es amplio, pero se refiere a la persona que aporte a la organización política más del 10% del límite máximo de gastos de campaña. La sanción es de uno a cinco años de prisión.
Fiscalización electoral sin fondos:
El representante o miembros de la organización política que impida al TSE realizar su función de control y fiscalización con respecto al financiamiento de la agrupación política. La sanción es de uno a cinco años de prisión.
Abuso de autoridad con propósito electoral
Lo comete el funcionario o empleado público que utilice su autoridad o ejerza su influencia para beneficiar o perjudicar electoralmente a una organización política. La sanción es de uno a tres años de prisión.
Si bien estos son los delitos electorales más cometidos durante los procesos electorales anteriores, existen otros que también han sido sancionados. Entre estos se encuentran:
- Uso de documentos falsificados: cuando se intenta votar con un DPI que no le pertenece a la persona.
- Turbación del acto eleccionario: cuando se interrumpe violentamente el proceso electoral en algún centro de votación
- Coacción del elector: cuando se manipula a la persona para que apoye a determinado candidato
- Violación del secreto del voto: cuando se pide a las personas mostrar por quién votaron a cambio de un beneficio
¿En dónde denunciar?
Si eres víctima o testigo de un delito electoral puedes presentar la denuncia directamente ante el Ministerio Público.
"Todo tipo de actos ilícitos que vulneren su derecho al sufragio se puede denunciar ante el Ministerio Público, en cualquier Oficina de Atención Permanente; y a través de la Aplicación de denuncias, toda denuncia debe ir debidamente sustentada a través de indicios que permitan establecer que existen vestigios de la comisión de un delito", finalizó la fiscal Lizbeth Pérez.