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Corte Suprema de Justicia quiere rebajar penas a delincuentes confesos

  • Por José Miguel Castañeda
05 de julio de 2017, 17:10
Los magistrados aseguran que con esta iniciativa se podrían agilizar los procesos judiciales. (Foto: cortesía José Castro)

Los magistrados aseguran que con esta iniciativa se podrían agilizar los procesos judiciales. (Foto: cortesía José Castro)

Los asesinos, secuestradores, corruptos y otros tipos de delincuentes podrían recibir una rebaja en su condena si confiesan haber cometido los delitos por los que el Ministerio Público (MP) los señala.

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Este miércoles, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) presentó una iniciativa de ley para incluir el "procedimiento especial de aceptación de cargos" en el Código Procesal Penal.

Los magistrados aseguran que esto agilizaría los procesos en el Organismo Judicial (OJ) y descongestionaría el sistema penitenciario.

  • CONOCE LA INICIATIVA COMPLETA:

La propuesta establecería que cualquier persona ligada a proceso podrá acogerse a este beneficio: si lo hace durante la audiencia de primera declaración, la condena será rebajada en una tercera parte; si es antes de la apertura a juicio, habrá un descuento de la cuarta parte de la sentencia y si se efectúa antes de la recepción de pruebas, la rebaja será en una quinta parte.

  • RECUERDA:

En caso de que el delincuente acepte parcialmente los señalamientos del MP, los señalamientos no confesados continuarán el proceso habitual.

Para optar a este beneficio, el procesado tendrá que relatar con detalles cómo ocurrieron los hechos delictivos y actuará como testigo en casos relacionados. Quienes se acojan a esta figura legal, no podrán ser colaboradores eficaces.

  • TE PUEDE INTERESAR:

Antes de beneficiarse con la rebaja de penas, los sindicados deberán indeminzar a sus víctimas o devolver lo obtenido por la actividad ilícita, según corresponda. No obstante, podrán pagar una cuota inicial del 20% y el resto se podrá completar con bienes o mediante un compromiso de pago.

Este beneficio no se podrá aplicar en casos de genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, tortura y delitos contra los deberes de humanidad.

  • ADEMÁS:

La pena rebajada no podrá ser conmutada y si hay reincidencia o se incumple alguna de las condiciones, la medida quedará sin efecto.

Varios detenidos podrían beneficiarse

El artículo 15 de la Constitución Política de la República establece que la ley no es retroactiva, pero tiene una salvedad: "en materia penal cuando favorezca al reo", por lo que quienes se encuentran en prisión y su caso no ha llegado a la fase de recepción de pruebas podrían acogerse a la medida.

Esto genera cierto rechazo en algunos diputados. "Hay que tener cuidado con la propuesta de la Corte porque se podrían ver favorecidos los del Mariscal y Matamoros", señala el jefe del bloque Todos, Juan Ramón Lau.

Sería una burla para los guatemaltecos que los del Mariscal y Matamoros utilicen esta ley
Juan Ramón Lau
, Jefe de bancada Todos

En agosto de 2016, el MP y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) impulsaron una propuesta similar cuya rebaja máxima era del 50% de la condena. La iniciativa no fue bien recibida y ambas instituciones optaron por retirarla de la agenda del Congreso.

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