La noche del martes 8 de marzo, el Congreso de la República aprobó la Ley 5272 que penaliza el aborto y rechaza la diversidad sexual.
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Este martes 8 de marzo, diputados del Congreso de la República aprobaron en su tercer debate y redacción final la Ley para la Protección de la Vida y la Familia.
La aprobación se logró con 101 votos a favor, 51 diputados ausentes y 8 votaron en contra. La iniciativa de Ley 5272 se convirtió en el Decreto 18-2022.
¿En qué consiste la ley?
Esta normativa asegura que busca proteger la vida, la familia y la institución del matrimonio entre los hombres y las mujeres. Así como la libertad de conciencia y de expresión y el derecho de los padres de educar y orientar a sus hijos en el ámbito sexual.
Además, deja en claro que la familia está conformada por el hombre y la mujer. También en el artículo 2 define la Diversidad sexual, la familia nuclear y la familia ampliada.
Mientras que en el artículo 3 se refiere al respeto de la vida y realiza cambios al Código Penal e incrementa la penalización a cualquier tipo de aborto.
"Artículo 139, Tentativa y aborto culposo. La tentativa de la mujer para causar su propio aborto y el aborto culposo propio, serán sancionados con prisión de 2 a 4 años", se lee en la Ley.
La normativa señala que "El aborto culposo verificado por otra persona será sancionado con prisión de 2 a 4 años, siempre que tal persona tenga conocimiento previo del embarazo"
Educación sexual
La Ley para la Protección de la Vida y la Familia prohíbe que las entidades educativas promuevan programas relativos a la diversidad sexual.
“Se prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas, promover en la niñez y adolescencia, políticas o programas relativos a la diversidad sexual y la ideología de género o enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad o que sean incompatibles con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano”.
Prohibe matrimonio entre personas del mismo sexo
Esta normativa también prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo y también la unión de hecho, en su artículo 16 y 17. Entre otras disposiciones.