Por la comisión del delito que refiere al uso de documentos falsos, el Código Penal establece una pena de prisión de dos a seis años.
OTRAS NOTICIAS: VIDEO: conducía con licencia falsa, insultó a los PMT y terminó multado en zona 10
La Policía Municipal de Tránsito (PMT) reportó que durante un operativo efectuado en la zona 10 capitalina, fue necesaria la intervención de la Policía Nacional Civil (PNC), pues un conductor portaba una licencia de conducir falsa.
Durante la verificación, el conductor fue sorprendido con dicho documento en la 14 calle y 1ª. Avenida de la zona 10, por lo que, ahora además de haber sido sancionado con la ley de tránsito, tendrá que responder ante las autoridades judiciales, pues fue consignada dicha licencia.
Normativa vigente
De acuerdo a ley vigente en el país, comete el delito uso de documentos falsificados, quien, sin haber participado en la falsificación, haga uso de éste a sabiendas de su falsedad, según lo regula el artículo 325 del Código Penal.
Además, también el artículo 321 del Código Penal, comete el delito de falsedad material, en documento públicos, quien con la alteración física o imitación de un documento podría hacerlo pasar por verdadero.
Además, la misma normativa refiere que la acción se complementa al fabricar un documento total o parcialmente falso, o modificar uno verdadero.
Con esto, es de señalar que ambas figuras delictivas tienen una pena de prisión que podría ser de dos a seis años.





