El gobierno de Guatemala anunció una serie de medidas drásticas para afrontar la epidemia del coronavirus que afecta a varios países en el mundo y entre ellas ordenó la suspensión de labores en el sector público y privado, así como el cierre de centros comerciales, discotecas y bares, entre otros.
¿Quiénes sí pueden operar?
Entre las excepciones de industrias y comercios del sector privado que se establecieron, es decir, que sí pueden operar, están:
- Farmacias y estaciones de combustible, que podrán operar las 24 horas
Los siguientes pueden operar entre 4:00 am a 9:00 pm.
- Supermercados, abarroterías y tiendas de barrio
- Servicio de agua potable
- Hospitales, centros de atención médica, laboratorios médicos y veterinarias
- Industria farmacéutica, droguerías, las empresas que se dediquen a la fabricación de productos de higiene y salud
- Hoteles con servicio para alojamiento y alimentación, únicamente en las habitaciones
- Restaurantes que tengan autoservicio o entrega a domicilio. Solo podrán despachar por la ventanilla o llevar comida, no recibir comensales en sus mesas
- Industria agrícola y de agroquímicos
- Industria de producción de energía
- Empresas de telecomunicaciones, internet, telefonía, medios de comunicación como radio, prensa, televisión y servicios de cable
- Empresas de seguridad y transporte de valores
- Bancos, cooperativas de ahorro y crédito
- Industria de distribución de alimentos
- Recolección de basura.
- Industria de carga marítima, terrestre, aérea de importación y exportación y suministros. En este caso, las empresas deben cumplir con las disposiciones sanitarias emitidas por el Ministerio de Salud.
El Ministerio de Economía también podrá autorizar la operación de una empresa o acordar la suspensión de sus operaciones, en especial en maquilas y manufacturas.
Para estos comercios e industrias, las empresas pueden contratar servicio de transporte para sus empleados, ya que no habrá transporte público urbano ni extraurbano.
¿Quiénes no pueden abrir sus actividades comerciales?
- Centros comerciales
- Bares, discotecas y similares
- Establecimientos educativos de todos los niveles
- Restaurantes que no posean autoservicio ni entrega a domicilio
- Otro tipo de comercio y actividades comerciales que no están identificadas en las excepciones