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CC suspende acuerdo que permitía a empresas no pagar el Bono 14

  • Por Evelyn De León
14 de julio de 2020, 13:46
La fecha para el pago del Bono 14 se estipula el 15 de julio de cada año. (Foto: Archivo/Soy502) 

La fecha para el pago del Bono 14 se estipula el 15 de julio de cada año. (Foto: Archivo/Soy502) 

La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió dejar en suspenso de manera provisional la vigencia del acuerdo del Ministerio de Trabajo que autoriza a las empresas acogerse a un procedimiento para no pagar el Bono 14 en la fecha establecida si comprueban que no pueden cumplir con el desembolso. 

Los magistrados consideran que el Acuerdo Ministerial 250-2020 podría contener inconstitucionalidades que causan “gravámenes irreparables”.

La resolución de la CC se giró a solicitud de Nelson Geovani Álvarez Tobar, José Orlando Velásquez Fuentes, Lesbia Guadalupe Amézquita Garnica, Efrén Emigdio Sandoval Sanabria y la Procuraduría de Derechos Humanos (PDH) quiénes presentaron, cada uno, un recurso de inconstitucionalidad de ley de carácter general total.

La norma impugnada es el “Procedimiento para la Presentación de Acta Notarial de Declaración Jurada de la NO Posibilidad de Pago de la Bonificación Anual para los Trabajadores del sector Privado y Público” que se publicó en el Diario Oficial el pasado 10 de julio.

Los magistrados de la CC concedieron audiencia por 15 días para que el Congreso de la República, Ministerio de Trabajo y Ministerio Público se pronuncien respecto a la suspensión provisional.

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