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CC ordena que magistrados de la CSJ nombren y trasladen jueces

  • Por Gustavo E. Méndez
08 de noviembre de 2021, 15:27
La CC falló a favor de la CSJ. (Foto: Archivo/Soy502) 

La CC falló a favor de la CSJ. (Foto: Archivo/Soy502) 

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La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió, de forma provisional, otorgar el pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) las facultades legales para nombrar y trasladar jueces. Cabe recordar que esta potestad estaba en poder del Consejo de la Carrera Judicial.

La resolución de la CC respondió a una acción de inconstitucionalidad planteada por la presidenta de la CSJ, Silvia Patricia Valdés.

En un comunicado de prensa, la CC explicó que decretó la suspensión provisional de las palabras, frases e incisos que conferían al Consejo de la Carrera Judicial las facultades para “regir, elegir, nombrar, trasladar, permutar, remover, seleccionar, conceder licencias, decidir y en suma revolver sobre la situación jurídica de quienes integran la Carrera Judicial”. 

Incongruencias en la Ley de la carrera judicial 

En 2016 entró en vigencia el Decreto 32-2016, Ley de la Carrera Judicial, la cual sufrió algunas reformas promovidas en aquel entonces por la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG).

Los cambios pretendían diferenciar las funciones jurisdiccionales de magistrados con las tareas administrativas.  

El plan original era que dicho Consejo se hiciera cargo de las administrativas y así evitar doble funcionalidad. Sin embargo, esto generó dudas en cuanto al nombramiento y remoción de jueces. 

La CSJ está actualmente integrada por magistrados que cumplieron su período, sin embargo no asumen nuevos magistrados al no contar con sucesores debidamente electos para asumir para el período 2019-2024, función que le compete al Congreso. 

El Consejo de la Carrera Judicial tenía, antes de la resolución de la CC, la potestad sobre los cambios en diferentes sedes judiciales. 

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