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CC declara con lugar acción legal contra juez Fredy Orellana

  • Por Dulce Rivera
29 de noviembre de 2023, 15:45
Juez Fredy Orellana es quien ordenó la suspensión del Movimiento Semilla. (Foto: Soy502/Archivo)

Juez Fredy Orellana es quien ordenó la suspensión del Movimiento Semilla. (Foto: Soy502/Archivo)

La CC resolvió con lugar un ocurso en queja promovido en contra del juez Fredy Orellana. 

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La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió con lugar el ocurso en queja que promovió Bernardo Arévalo, en su calidad de Secretario General del Movimiento Semilla, en contra del juez "B", Fredy Orellana

"El Tribunal ocursado deberá, al recibir la notificación del presente auto, dictar nueva resolución en la que cumpla con lo previsto en el artículo 124 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, en el sentido de dar la audiencia a las partes por el término de nueve días y posteriormente se continúe con la tramitación del asunto según lo indicado en este auto, con la celeridad que el caso amerita y sin más dilaciones, observando los plazos que rigen los procesos constitucionales, en especial los atinentes a la garantía de mérito", ordena la CC al juez Orellana. 

Esto quiere decir que el juez está obligado a conocer la inconstitucionalidad que el Movimiento Semilla presentó y con el cual busca que se declare ilegal las acciones de esa judicatura que suspendieron al partido político. 

"Todo ello bajo apercibimiento de incurrir en las responsabilidades que impone la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, especialmente la contenida en el artículo 77 literal a) de dicha normativa", le indica la CC al juez. 

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Suspensión de Semilla

El 12 de julio, previo a que se llevara a cabo la segunda vuelta electoral, el juez Fredy Orellana otorgó 24 horas de plazo al Registro de Ciudadanos para que suspendiera la personería jurídica del partido Movimiento Semilla.

La notificación prohibía a la agrupación política a participar en cualquier acto electoral y establecía que no podrían ser adjudicados los cargos a candidatos del partido, bajo el argumento de "garantizar los derechos inherentes que le asisten a cada ciudadano guatemalteco".

Muñóz se negó a suspender al partido político y argumentó que la única norma constitucional en la que se basa el derecho y la garantía de todas las agrupaciones políticas es la Ley Electoral y de Partidos Políticos, tomando en cuenta que la investigación del Ministerio Público se basa en la Ley de Crimen Organizado.

Luego del cierre del proceso electoral, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) confirmó la suspensión de la personalidad jurídica del partido Movimiento Semilla.

El vocero del TSE, Luis Gerardo Ramírez, explicó que el Registro de Ciudadanos será el encargado de notificar al partido político, el cual aún puede accionar legalmente.

"A requerimiento del MP y posterior solicitud del juez séptimo (Fredy Orellana) se gira la suspensión de la personalidad jurídica, en este caso la CC amparó al juez y determinó que sí podía suspenderse toda vez que el proceso electoral haya finalizado", aseguró.

En cuanto a los alcances de esta suspensión, Ramírez dijo que Semilla no podrá realizar ningún trámite administrativo ante el TSE.

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