Principales Indicadores Económicos

¡De urgencia nacional y en la madrugada! Diputados aprueban la Ley de Competencia

  • Por Karla Gutiérrez
20 de noviembre de 2024, 08:13
Con la Ley de Competencia, se busca generar un mejor clima de negocios en Guatemala y atraer inversión extranjera. (Foto ilustrativa: Pixabay)

Con la Ley de Competencia, se busca generar un mejor clima de negocios en Guatemala y atraer inversión extranjera. (Foto ilustrativa: Pixabay)

Desde mayo de 2016 se cabildeó la iniciativa que permitió aprobar la Ley de Competencia en el Congreso. 

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Después de su dictamen número cinco y un análisis que duró ocho años, la iniciativa 5074 finalmente dio vida a la Ley de Competencia.

Se trata de una normativa que busca erradicar las prácticas desleales y mejorar el clima de negocios en el país, al establecer reglas para que las empresas puedan competir en igualdad de condiciones y sancionar acciones que atenten contra la economía de las personas.

Aprobada de urgencia nacional y contenida en el Decreto 32-2024, la norma indica que todos los sectores económicos que no tienen una ley específica están sujetos a la nueva normativa.

En el caso de quienes sí tienen una norma que los rige, como las telecomunicaciones, también deberán contar con regulaciones de competencia, por lo cual no hay exclusiones. Esa fue una de las enmiendas aplicadas en la sesión del Congreso.

Fuente: Decreto 32-2024
Fuente: Decreto 32-2024

Multas millonarias

Otro de los aspectos destacados es la creación de la Superintendencia de Competencia, como una entidad estatal autónoma a cargo de la prevención, investigación y sanción de las prácticas como los monopolios.

Entre los aspectos que contempla la ley figuran las infracciones que serían motivo de sanción, métodos de apelación y reducción de multas, así como beneficios para los agentes económicos al corregir alguna irregularidad detectada, entre otros temas.

Las multas más altas que se plantean por la comisión de prácticas anticompetitivas son de 200 mil salarios mínimos diarios del sector no agrícola, lo cual equivale a Q22.19 millones.

Fuente: Decreto 32-2024
Fuente: Decreto 32-2024

Prácticas que se castigarían

Con la entrada en vigencia de la ley también se modificarán otras normas, con el fin de definir las acciones que constituirían competencia desleal, y se creará el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en Materia de Competencia, que será parte la estructura del Organismo Judicial (OJ).

Asimismo, la norma especifica las prácticas anticompetitivas, las cuales se dividen en relativas y absolutas y son objeto de sanciones. Entre las que se consideran prácticas relativas figuran:

  • Acordar, concertar, fijar o manipular precios, cargos, descuentos, honorarios, regalías, tarifas o tasas, en forma directa o indirecta, en la venta o compra de bienes o servicios.
  • Dividir, distribuir, asignar o imponer porciones o segmentos de un mercado actual o potencial de bienes o servicios, ya sea por territorio, por volumen de ventas o compras, por tipo de productos o servicios, por tiempos o espacios determinados o determinables, por clientes o vendedores, por reparto de las fuentes de insumos o por cualquier otro medio.
  • Fijar, limitar o restringir la producción, la demanda, la distribución o la comercialización de bienes o servicios, ya sea por cantidad, volumen o frecuencia.
  • Concertar o coordinar ofertas en los procesos de contrataciones públicas nacionales o internacionales, tales como licitaciones, cotizaciones, concursos o subastas.

Se exceptúan de esta última prohibición las ofertas presentadas conjuntamente por dos o más agentes económicos, que claramente sean identificadas como oferta conjunta o consorcio en el documento presentado por los oferentes.

Con las prohibiciones y sanciones contenidas en la Ley de Competencia, se busca proteger a los consumidores, según diputados. (Foto ilustrativa: Shutterstock)
Con las prohibiciones y sanciones contenidas en la Ley de Competencia, se busca proteger a los consumidores, según diputados. (Foto ilustrativa: Shutterstock)

Sobre la Superintendencia

El Directorio de la Superintendencia de Competencia quedó establecido por tres titulares y tres suplentes, quienes serán designados por el Presidente de la República en consejo de ministros, el Congreso y la Junta Monetaria. Ese ente colegiado sería el responsable de elegir al superintendente.

El primer presupuesto de la entidad sería de Q20 millones, los cuales tendrían que incluirse en el Presupuesto General de la Nación de 2025.

Para los periodos fiscales subsiguientes, se establece un aporte anual a favor de la Superintendencia, el cual no podrá ser menor al 4% de la asignación que reciba el Ministerio de Economía, se lee en el decreto.

De madrugada

La aprobación de la normativa se concretó la madrugada de este miércoles 20 de noviembre. Eran poco menos de las 2:00 horas cuando se concluyó el proceso para dar vida al decreto.

Nery Ramos, presidente del Legislativo, manifestó que con esto, Guatemala deja de ser uno de los pocos países que aún no tenía una Ley de Competencia.

Agregó que los beneficios que se recibirán serán múltiples, incluyendo un impacto en la "reducción de precios en los productos que cotidianamente consumimos los guatemaltecos".

La iniciativa que fue aprobada por los diputados data de 2016 y su primer dictamen lo obtuvo en 2018. Desde entonces, se hicieron varios intentos por darle vida legal. Esto llevó a emitir cuatro dictámenes más, hasta ajustarla a como finalmente quedó.

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