El TSE analiza más de 80 expedientes de campaña anticipada en las redes sociales por posibles violaciones a la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
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Las agrupaciones políticas y aspirantes a candidatos a un cargo público están presentes en las redes sociales y desde sus cuentas personales comparten videos con mensajes, mitines, caminatas por los barrios, algunas propuestas. Pero, ¿es esto legal? ¿Qué hace el Tribunal Supremo Electoral (TSE) ante estas publicaciones?
Pablo Portocarrero, jefe de la Unidad Especializada de Medios de Comunicación y Estudios de Opinión del TSE, explicó a Soy502 han trasladado más de 80 expedientes relacionados con posibles infracciones a la Ley Electoral y de Partidos Políticos por parte de las agrupaciones.
Debido a estas publicaciones se creó la Coordinación de Monitoreo de Redes Sociales mediante la cual se da seguimiento a las diferentes plataformas para identificar "posibles transgresiones a la Ley" y de haber alguna, se abre un expediente y se envía a la Inspección General, unidad encargada de realizar una investigación más exhaustiva.
Portocarrero dijo no tener el detalle de las agrupaciones políticas con posibles transgresiones. Sin embargo, la Inspección General del TSE ha hecho públicas varias advertencias a Thelma Cabrera, del Movimiento para la Liberación de los Pueblos (MLP); a Roberto Arzú, de Podemos; Neto Bran, del Partido Popular Guatemalteco (Popular); Edmond Mulet, de Cabal; Zury Ríos, de Valor; Manuel Conde, de Vamos; y a Martín Toc, expresidente de los 48 Cantones de Totonicapán.
También ha habido llamadas de atención para Carlos René Pineda, quien figura como posible candidato de Cambio, agrupación política de los hijos de Manuel Baldizón; a Amílcar Rivera, de Victoria; Napoléon Rojas, de Vamos; a Rudy Guzmán, yerno de Sandra Torres quien creó la agrupación política Nosotros; así como a José Luis Chea Urruela, Andi Natael Pacheco, Mauricio Contreras, Omar Camposeco, Carlos Villeda de la Cruz y Ofelia Rodríguez.
"Conforme avanza el año hemos observado más actividades de proselitismo, por lo que hemos establecido varios métodos de monitoreo. Por ejemplo, hay encargados que controlan todo lo relacionado con pago de pauta en las redes sociales, el cual se está haciendo con el apoyo de Meta (empresa matriz de Facebook, Instagram y WhatsApp). Existe otro monitoreo relacionado con palabras clave para identificar que la gente no esté haciendo publicidad de su imagen o actos propios de campaña anticipada", detalló Portocarrero.
Luego que la Unidad de Medios de Comunicación identifica una posible agresión a la Ley, forma un expediente que luego envía a la Inspección General del TSE, quienes realizan una investigación que incluye solicitar información a los señalados y, si procede, el expediente es enviado al Registro de Ciudadanos, entidad que cuenta con la facultad de advertir o establecer sanciones, si lo considera necesario o cuando no se acató el primer aviso.
¿Qué está permitido?
Pese a que las Elecciones Generales aún no han sido convocadas, existen algunas acciones que las agrupaciones políticas pueden realizar en las redes sociales u otras plataformas o mecanismos sin recibir una sanción.
Portocarrero explicó que la Ley Electoral en el artículo 20, inciso h) establece qué se puede realizar en año no electoral, y va desde actividades de formación y capacitación política, organización y difusión de su ideología, plasmar su programa y propuesta, así como las posiciones de la agrupación. Sin embargo, ninguna de estas puede utilizarse como mecanismo para una campaña anticipada.
Durante el año no electoral, las agrupaciones también pueden dar a conocer su nombre, emblema y realizar un llamado a adherirse, en el caso de los partidos en formación, o a afiliarse para los que ya cuentan con las acreditaciones correspondientes en la Ley.
Empero, estas acciones también están regidas en el reglamento. Por ejemplo, la formación y capacitación son "programas internos" para desarrollar o mejorar las capacidades políticas e ideológicas de los integrantes de una agrupación; mientras que la difusión ideológica se basa en divulgar los conocimientos de los dirigentes a sus cuadros, adherentes o afiliados.
"La ley también establece actos propios de la campaña electoral y cuando encontramos eso en las actividades que llevan a cabo, se identifica la posible transgresión a la Ley y se traslada a la Inspección para que después de su investigación determine si es necesario enviarlo al Registro de Ciudadanos para establecer la sanción respectiva", detalló Portocarrero.
Para el jefe de la Unidad de Medios del TSE existe una "línea muy delgada" entre el proselitismo y la campaña o propaganda política, pero la "Ley establece qué es y no permitido". Además, cada expediente "lleva aspectos técnicos como si hay pauta, promoción de la imagen, si hubo gastos o se refleja que hubo gastos, se hace un análisis y después se envía a la Inspección General", comentó.