¿Se puede imprimir la tarjeta de circulación y título de propiedad de un vehículo que no está a mi nombre? La respuesta es...
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Amilcar Montejo, jefe de comunicación de Emetra, señala que para imprimir una tarjeta o título de propiedad virtual, solamente lo hace el propietario, porque el portador tiene el acceso al usuario en la agencia virtual SAT, él o ella establecen una contraseña.
Debe de ser el propietario del vehículo para que pueda imprimir sin ningún problema los documentos porque posee usuario y contraseña.
Las dos impresiones duran hasta el 31 de julio de cada año con excepción del 2024 que ha tenido 2 meses más de vigencia por decisión del Congreso.
Montejo aclara que todas las PMT deben permitir como vigente ese documento, a partir del 1 de octubre ya tienen vencimiento.
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Requisitos para imprimir:
Si ya cuentas con tu Tarjeta de Circulación y Certificado de Propiedad de Vehículo en formato electrónico podrás imprimirlos desde tu Agencia Virtual siempre y cuando cumplas con los siguientes requisitos:
- Haber realizado una gestión de tu vehículo a partir del 19 de abril de 2018 en cualquiera de las Oficinas o Agencias Tributarias a nivel nacional.
- Contar con Agencia Virtual.
- Estar solvente en todas tus obligaciones tributarias.
- Tener cancelado el pago de Impuesto de Circulación sobre Vehículos.
- Si tienes Distintivos preimpresos, puedes realizar una reposición de los mismos y gozar de los beneficios de descargar tus Distintivos Electrónicos en cualquier momento desde tu Agencia Virtual. (Ver requisitos en Portal SAT).
- Nota. Los Distintivos preimpresos siguen vigentes hasta que exista algún comunicado por parte de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-.
Cuando realices la reposición de cualquiera de los distintivos preimpreso (Tarjeta de Circulación y Certificado de Propiedad de Vehículo) deberás reponer el otro también.
*Con información de: Portal Sat