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La resolución de la CC que pone en riesgo el suministro de agua en Guatemala

  • Por Jessica Gramajo
04 de junio de 2024, 13:03
El reglamento obliga a las municipalidades a construir plantas de tratamiento de las aguas residuales, con el fin de que no contaminen las fuentes de agua como ríos y lagos. (Foto: Archivo/Soy502)

El reglamento obliga a las municipalidades a construir plantas de tratamiento de las aguas residuales, con el fin de que no contaminen las fuentes de agua como ríos y lagos. (Foto: Archivo/Soy502)

La CC benefició a la ANAM con un amparo provisional que pondría en riesgo el suministro y calidad del agua de toda la población en Guatemala.

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Preocupadas se mostraron varias organizaciones ambientalistas, luego que una resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC) dejara sin efecto de manera provisional varios artículos del reglamento que obliga a las municipalidades a construir plantas de tratamiento para las aguas residuales.

La acción se realizó, luego que la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM) presentara una inconstitucionalidad al Reglamento de las Descargas y Reuso de Aguas Residuales y de la Disposición de Lodos, la cual fue otorgada de manera provisional.

Uno de los artículos impugnados obligaba a los jefes ediles a realizar estudios técnicos de factibilidad y presupuestarios de la cantidad y tipo de plantas de tratamiento que debían de construir para el adecuado uso de las aguas residuales y que de esta manera no contaminen los mantos acuáticos que suministran de agua a todo el país.

La fecha para que las municipalidades y empresas obligadas entregaran los estudios al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (Marn) vencía este 30 de mayo, por lo que aquellas que no los hubieran entregado, caerían en el delito de contaminación de agua.

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"En el agua residual no solo hay excrementos, orina y agua con detergentes. Se encuentra otra gran cantidad de sustancias químicas nocivas de contaminantes emergentes como productos farmacéuticos, de cuidado personal y antibióticos que dañan la microbiota de las aguas superficiales", manifestó Jeanne Samayoa, presidenta de la Alianza Cuenca del Motagua.

Mientras que Rodolfo Salazar, abogado de la Alianza, explicó que con los artículos que amparó provisionalmente dejó inoperante el Reglamento, porque lo que ahora "ya no hay parámetro, ni obligación para nadie de descontaminar el agua que llega a los mantos acuíferos y pone en riesgo la salubridad de los guatemaltecos en todo el país".

"Este es un clamor el que estamos haciendo, pensamos ingenuamente que la CC no midió lo que estaban haciendo, pero al quitar esa obligación ya nadie tiene invertir en plantas de tratamiento, ni las municipalidades, ni los privados. Quedamos en la ley de la selva, donde cada quien puede tirar lo que sea y no va a pasar nada", subrayó el abogado.

La Alianza hizo un llamado a la CC para revertir el amparo provisional, pues consideran que basaron su decisión en un criterio discrecional, pues "la acción de la Anam no hacía un listado de los agravios como lo exige la Ley de Amparo... y en este caso, la resolución pone en grave riesgo y la salud de todos los guatemaltecos".

"Tal vez la CC consideró que podría evitar algún perjuicio a las municipalidades y para protegerlos, suspendió el reglamento, pero en este caso, el daño es más grave porque daña a toda la población, por lo que hacemos un llamado para que analicen los graves daños", manifestó Salazar.

Daños y prejuicios

En tanto, la Asociación Guatemalteca de Abogados Ambientalistas (AGUAA) informó que analizan presentar una demanda por daños y perjuicios en contra de la Anam "por el impacto a las principales cuentas hidrográficas del país y la salud de los guatemaltecos que representa la inconstitucionalidad" promovida por esa instancia que agrupa a los alcaldes.

"Los daños y perjuicios se refieren a la compensación que debe pagar una parte a otra por haberle causado un daño, ya sea material, moral o ambos, a través de una acción u omisión", detalló Cristofer López, abogado de AGUAA.

Defiende acción

"Me están tratando de vender como el malo de la película", aseguró el presidente de la Anam, Sebastián Siero, quien argumentó que desde principios de este año sostuvieron pláticas con las autoridades del MARN, donde se les hizo ver que el Reglamento, que fue emitido en 2006 durante el Gobierno de Oscar Berger, no resuelve el problema, sino que lo empeora.

Según Siero, la propuesta fue derogar el Reglamento y que se creara uno nuevo que atendiera y resolviera el problema, pues a su criterio el acuerdo es inconstitucional porque establece tiempos a los alcaldes, pero no les faculta de recursos económicos para cumplirlos, además, a su criterio, no resuelve la problemática de la contaminación del agua.

"Nosotros no estamos en contra de construir drenajes, ni plantas de tratamiento, pero el acuerdo es ilegal y en los últimos 17 años lo único que se ha hecho es pedir y otorgar prórrogas, porque nadie se atreve a abordar el tema. Sólo han pateado la pelota para adelante, pero esta sigue ahí", dijo Siero de manera coloquial.

A decir del jefe edil, desde que se sentaron la primera vez a hablar con el MARN, les advirtieron que ellos no permitirían que el reglamento entrara en vigencia, porque "criminaliza a las municipalidades y no da las herramientas de cómo hacerlo. Las municipalidades son autónomas y la ley ya nos da la obligación de los drenajes".

Siero explicó que de los 340 municipios, hay menos de 150 municipalidades que ya tienen los estudios técnicos que el reglamento exigía entregar el 30 de mayo, el resto debía aún elaborarlos y la mayoría de los jefes ediles son nuevos, por lo que no les daría tiempo, pues se asumen las Municipalidades con una mora de drenajes de hace 50 años.

A decir del presidente de la Anam, el 22 de mayo, las autoridades de Ambiente se comprometieron a otorgar una prórroga para que la entrega de los estudios se hiciera el 31 de diciembre, pero "el 30 de mayo nos respondió que necesitaba uno o dos meses más para ver la prórroga, pero con el acuerdo en función ponía en un problema a los alcaldes, porque cualquiera podía ser denunciado penalmente por la falta de drenajes en su municipio".

"El acuerdo no se puede cumplir. Exige que para el 30 de mayo había que entregar los estudios, nuestra propuesta es que estén para el 31 de diciembre. La segunda fecha es que para mayo del otro año hay que tener dos plantas de tratamiento construidas en todos los municipios, cuando la construcción se tarda 18 meses, así que aunque todos quisiéramos cumplir, no se puede porque los tiempos de construcción no dan", detalló.

La última fecha, que es la más criticada por los alcaldes, estipula que para el 2027 deben estar construidas el 60% de los drenajes de todos los municipios, pero "hay algunos que tienen más de 200 descargas, tienen que construir más de 200 plantas de tratamiento, eso es imposible de cumplir. No da tiempo, ni se tiene los recursos para cumplirlo".

"Por ejemplo, en Santa Catarina Pinula, ni porque yo cerrara la municipalidad, no pagara salarios, no hiciera nada más y destinara el 100% de los fondos a este tema, no lograría cumplir con esa fecha y eso que esta municipalidad tiene recursos, ni así, logro cumplir con esa fecha", sentenció Siero.

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