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Este es el proceso para el traspaso de vehículos ante la SAT

  • Por Selene Mejía
26 de enero de 2021, 05:30
Así puedes tramitar la papelería para hacer el traspaso de vehículos a tu nombre en la SAT. (Foto: Shutterstock)

Así puedes tramitar la papelería para hacer el traspaso de vehículos a tu nombre en la SAT. (Foto: Shutterstock)

Si piensas adquirir un carro que ha tenido un dueño anterior, debes seguir una serie de pasos para que los datos de la tarjeta de circulación cambien.

Es importante que hagas el trámite inmediatamente después de comprar tu vehículo para no tener problemas en un futuro si el auto no está a tu nombre.

Regularmente, el trámite es realizado por un notario.

Estos son los pasos que debes seguir: 

Requisitos: 

1. Documento Personal de Identificación (DPI) del propietario o pasaporte en caso de ser extranjero. 

2. Presenta el pago de Q120 por Gestión de Traspaso y Certificado de Propiedad a través del formulario SAT-8611 en Declaraguate.

3. Presentar el pago correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) por enajenación de Vehículos a través del formulario SAT-2311 en Declaraguate.

4. Estar solvente del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos hasta el año actual, de no estarlo, debes realizar el pago en el formulario SAT-4091 en Declaraguate.

5. Tarjeta de circulación.

6. Certificado de Propiedad con firmas del vendedor y comprador, legalizado por un notario activo.

7. Adjuntar original y fotocopia de factura para los vehículos del año en curso, anterior y posterior, únicamente en la primera venta si fueron adquiridos a través de importador, distribuidor o concesionario.

8. Para realizar el traspaso de vehículos de uso alquiler o urbano, tienes que presentar una autorización de concesión de línea emitida por la Municipalidad donde prestará  el servicio.

9. Si el trámite es realizado por un tercero autorizado para gestiones en el Registro Fiscal de Vehículos, debe presentar los requisitos de Terceras personas.

Pasos: 

1. Ingresa al portal SAT y ve a "Requisitos para trámites".

(Portal SAT)
(Portal SAT)

2. Ingresa a "Vehículos" y aparecerás en el sitio "Requisitos de vehículos". 

3. Haz click en "Traspasos de vehículos ante la SAT" y te aparecerán las diferentes opciones de traspaso. 

4. Ingresa a Declaraguate, llena los formularios SAT-8611 y SAT-2311 y genera las Boletas SAT-2000 por cada formulario para realizar los pagos en Bancos autorizados del sistema.

5. Preséntate a una Agencia u Oficina Tributaria con los requisitos y pagos realizados.

6. Finalizada la gestión, ingresa a tu Agencia Virtual para generar tus Distintivos Electrónicos. 

Luego del proceso recibirás: 

La Calcomanía electrónica, la cual se genera a través del sitio web de la SAT, en la opción de Impresión de Calcomanía.

Por medio de la Agencia Virtual, podrás obtener tu Tarjeta de Circulación y el Certificado de Propiedad. 

Toma nota: 

1. Si no tienes Documento Personal de Identificación (DPI): adjunta el documento emitido por el RENAP, donde conste el proceso de obtención del documento, siempre y cuando se muestre el Código Único de Identificación (CUI), con o sin fotografía.

2. Si tienes la Tarjeta de Circulación, debes pagar por la gestión de reposición de Tarjeta de Circulación en el formulario electrónico SAT-8933, un monto de Q60.

Por robo: Adjunta original de la denuncia presentada ante el Ministerio Público.
Por pérdida: Adjunta el aviso presentado ante la Policía Nacional Civil o constancia emitida por el Ministerio Público, donde conste el sello original.


Realiza expertaje o revisión física del vehículo en las sedes autorizadas (requisitos) del DEIC-PNC y finaliza el trámite en el Registro Fiscal de Vehículos, en un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día que se realizó.

3. Para placas de uso alquiler, urbano, comercial, agrícola, de construcción o transporte de carga, deben estar inscritos en el Registro Tributario Unificado (RTU) y contar con establecimiento activo y/o actividad comercial relacionada con el uso del vehículo.

4. A partir de la fecha que se realiza el endoso del Certificado de Propiedad realizado por Notario activo, cuentas con 15 días hábiles para realizar el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por enajenación y 30 días hábiles para realizar la Gestión de Traspaso ante el Registro Fiscal de Vehículos, de lo contrario, se sancionará según el Artículo 94 del Decreto 6-91 del Código Tributario.

Ingresa aquí para conocer los diferentes tipos de traspaso de vehículos. 

Ingresa aquí para más información en la SAT. 

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