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Las motos sí podrán circular libremente; taxis y ubers, no

  • Por Gustavo E. Méndez
14 de junio de 2020, 21:43
Las motocicletas no tendrán restricción de movilidad. (Foto: Ilustrativa/Unidiversidad)

Las motocicletas no tendrán restricción de movilidad. (Foto: Ilustrativa/Unidiversidad)

Guatemala emitió una nueva disposición en cuatro departamentos para movilidad en vehículos por tipo de placas de circulación. Sin embargo, dicha medida no aplicará para motoristas

El presidente Alejandro Giammattei explicó que en Guatemala, Sacatepéquez, El Progreso y San Marcos, esta semana a partir del martes la circulación de vehículos será depende a la terminación de placas, en pares e impares, sin embargo dicha medida no afecta a motoristas. 

Carlos Sandoval, secretario de comunicación de la Presidencia, explicó que los motoristas podrán circular sin excepción dentro del horario del toque de queda. 

La medida sí aplicará a vehículos particulares y los destinados como taxi y servicio de Uber

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Excepciones 

Además, la Presidencia explicó que la movilidad para transporte de valores, combustible, servicios médicos y medios de comunicación continúa con las mismas regulaciones de semanas anteriores, sin que aplique la placa. 

La restricción por número de placa no aplicará para camiones recolectores de basura, transporte de agua potable, gas propano y servicios de emergencia o básicos como energía eléctrica, teléfono, agua o internet. 

Cabe mencionar que los siguientes dos domingos la movilidad será restringida de forma total, con las excepciones para repartidores de comida y servicios médicos. 

Estas restricciones solo aplican en los cuatro departamentos con mayores índices de contagio: Guatemala, Sacatepéquez, El Progreso y San Marcos. En el resto del país, sí hay libre circulación de los vehículos sin importar el número de placa.

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