Trabajar y estudiar suele ser complicado, pero trabajando con una jornada de menos de ocho horas esto puede ser más sencillo. El 5 de junio entra en vigencia el Reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el trabajo a tiempo parcial.
Esta normativa permitirá que en Guatemala haya empleos por hora, como ocurre en otros países.
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El presidente de la Cámara de Comercio Guatemalteco-Americana (Amcham, por sus siglas en inglés), Juan Pablo Carrasco, considera que esta modalidad permitirá crear nuevas plazas de empleo dirigidas principalmente a los jóvenes del país.
El presidente del CACIF, Juan Carlos Tefel, señala que esto permitirá modernizar el sistema laboral del país y representa "una gran oportunidad para los jóvenes".
¿A qué prestaciones tienes derecho?
Estas plazas laborales son formales, por lo que gozarán de prestaciones de ley. El ministro de Trabajo, Gabriel Aguilera, aseguró que esto beneficiará a jóvenes, madres y adultos mayores.
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Entre las prestaciones de ley que gozarán quienes trabajen a tiempo parcial se encuentran:
- Bono 14
- Aguinaldo
- Vacaciones
- Indemnización en caso de despido
- Estar inscrito ante el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS)
- Estar inscrito ante el Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala (Irtra)
¿Cuánto debes cobrar como mínimo en una hora?
De acuerdo con la normativa, el salario para quienes sean contratados bajo esta modalidad "no podrá ser inferior al salario mínimo fijado por hora".
Según el Acuerdo 242-2018, firmado por el presidente Jimmy Morales, el salario mínimo por hora vigente es de entre 10.30 quetzales y 15.3 quetzales; el monto varía dependiendo el tipo de actividad económica y el horario en que se labora.
Jornada Diurna
- Actividades agrícolas o no agrícolas: Q11.27
- Exportadora o maquila: Q10.30
Jornada Mixta
- Actividades agrícolas o no agrícolas: Q12.88
- Exportadora o maquila: Q11.78
Jornada Nocturna
- Actividades agrícolas o no agrícolas: Q15.03
- Exportadora o maquila: Q13.74
Este salario por hora es el mismo que lo que gana en cada hora un trabajador con una plaza a tiempo completo.
¿Me pueden cambiar a tiempo parcial?
El reglamento contempla que quienes trabajan a tiempo completo pueden ser trasladados a la modalidad de tiempo parcial, toda vez "sea voluntario" y la anuencia de este debe quedar por escrito.
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Además, los trabajadores a tiempo parcial tendrán derecho preferente para ocupar plazas a tiempo completo, siempre que cumplan los requisitos para el puesto.