El presidente Alejandro Giammattei oficializó el Toque de Queda a través del Acuerdo Gubernativo 6-2020, así como las excepciones y obligaciones que deberán cumplirse.
Entre las medidas, se ordena al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social que sea el rector de los casos. También que se encargue de todo lo relacionado con las personas en cuarentena y los traslados que sean necesarios.
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Disposiciones
- Se limita el derecho de libre locomoción conforme las estrictas disposiciones vigentes. Se podrá cambiar la residencia de las personas y su traslado a los lugares establecidos por las autoridades de Salud. Si se requiere ampliar las medidas de restricción se informará por disposición presidencial,
- Se limitará el acceso a los lugares que se dispongan, fijando los cordones sanitarios, utilizando cualquier medio de comunicación o difusión.
- Se impide la salida o entrada de personas al país conforme las disposiciones presidenciales.
- Se limita la libertad de locomoción a los guatemaltecos lo cual incluye el tránsito y la circulación de personas, tripulación de las 16 a las 4 horas del día siguiente.
- Las disposiciones estarán establecidas desde este domingo 22 hasta el 29 de marzo.
- En caso que se requiera ampliar la medida de locomoción, esta será informada por disposición del Ejecutivo
- La PNC y el Ejército deberán coordinar el cumplimiento de la libertad de locomoción.
- Las entidades de la PM y de PMT de todos los municipios deberán dar cumplimiento a lo anterior.
- A las personas que incumplan se les aplicarán las sanciones administrativas y penales correspondientes.
Excepciones
Se exceptúan a las siguientes personas:
- Los funcionarios y empleados públicos del Estado y particulares, establecidos por el Gobierno, el personal y vehículos del Ejército y empresas de seguridad privada y para la Conred:
- El personal y vehículos como ambulancias de socorro del IGSS, Cruz Roja y entidades privadas autorizadas e identificadas
- El personal de los vehículos que preste servicio a domicilio de fármacos, alimentos, productos de limpieza o cualquier otro artículo de primera necesidad
- Los diplomáticos o misiones internacionales y los vehículos de consulados y repatriados
- El personal que conduzca los vehículos con placas oficiales de Gobierno
- El personal y vehículos de Provial y de Transporte Extraurbano
- Exigir a los particulares y a las instituciones del Estado el auxilio o cooperación para mejor control de las zonas afectadas
- Se requerirá el apoyo del sector privado para atención de respuesta al caso de coronavirus
- Evitar la concentración de personas, prohibir y suspender espectáculos públicos y cualquier reunión
- Establecer precios mínimos y máximos para los artículos que tengan relación con la contención del Covid-19 y evitar el acaparamiento de los mismos
- Ordenar al MSPAS efectúe la evacuación médica de nacionales o extranjeros con sospecha o síntomas de Covid-19
- Se ordena al Instituto Guatemalteco de Migración, al DGAC y al Minex para que coordinen con el MSPAS las aduanas
También se ordenó a los medios de comunicación difundir de forma gratuita todas las disposiciones del Gobierno en los diferentes idiomas establecidos en el país.
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