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¡Hasta con escoltas! Exfuncionarios de Giammattei gozarán de seguridad personal

  • Por Jessica Gramajo
28 de diciembre de 2023, 10:16
Alejandro Giammattei
Los exfuncionarios de Alejandro Giammattei gozarán de seguridad personal. (Foto: Archivo/Soy502)

Los exfuncionarios de Alejandro Giammattei gozarán de seguridad personal. (Foto: Archivo/Soy502)

El Ejecutivo autorizó que ministros, viceministros y secretarios cuenten con seguridad personal cuando dejen el cargo.

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Bajo el argumento del riesgo "inminente", el Ejecutivo, a través del Ministerio de Gobernación, autorizó que los funcionarios de la administración de Alejandro Giammattei sigan gozando de seguridad personal por períodos de uno a dos años.

La autorización se realizó a través del Acuerdo Gubernativo 320-2023, publicado este jueves 28 de diciembre en el Diario de Centro América.

La seguridad personal será brindada por parte de la Policía Nacional Civil (PNC) por períodos iguales al tiempo que hayan prestado servicios en el Ejecutivo.

Cada uno contará hasta con tres vehículos y un máximo de diez personas de seguridad por turno, o bien, dos personas que se dividirán en dos turnos. El tiempo que durará el privilegio se determinará por las categorías siguientes:

  • Cinco años: los exfuncionarios que hayan desempeñado el cargo de ministro de Gobernación y el primer viceministro de Gobernación.
  • Cuatro años: los que se desempeñaron como quinto viceministro de Gobernación, director de la PNC, director de Inteligencia Civil, director de Investigación Criminal, director del Sistema Penitenciario y el director Adjunto de la PNC.
  • Tres años: el inspector general del Mingob, subdirector general de Investigación Criminal de la PNC, subdirector de Operaciones de la PNC, subdirector de Análisis de Información Antinarcótica.
  • Dos años: segundo, tercero y cuarto Viceministro de Gobernación, el jefe de la División Especializada en Investigación Criminal y el jefe de Inspectoría General, ambos de la PNC.
  • Un año: Cualquier persona que haya desempeñado un cargo dentro del Ministerio de Gobernación, quien con previa solicitud y conforme al análisis de riesgo se establezca la necesidad de brindarle seguridad.

Ministros y secretarios

El acuerdo también contempla que los ministros y secretarios salientes cuenten con seguridad personal por un período similar al tiempo que prestaron servicios. Es decir, si estuvo un año, debería de contar con agentes que lo protejan durante un año.

Los que recibirán ese privilegio son:

  • Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
  • Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.
  • Ministro de Cultura y Deportes.
  • Ministro de Economía.
  • Ministro de Educación.
  • Ministro de Energía y Mininas.
  • Ministro de Finanzas Públicas.
  • Ministro de Relaciones Exteriores.
  • Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
  • Ministro de Trabajo y Previsión Social.
  • Ministro de Ambiente y Recursos Naturales.
  • Ministro de Desarrollo Social.
  • Secretario General de la Presidencia.
  • Secretario Privado de la Presidencia.
  • Secretario de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia.
  • Secretario de Comunicación Social de la Presidencia.
  • Secretario de Inteligencia Estratégica del Estado.
  • Secretario de Planificación y Programación de la Presidencia.
  • Secretario de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia.

También con vehículos

El acuerdo establece que se continuará con la prestación de vehículos, personal y equipo de seguridad a las personas que se lo hayan autorizado previo a la emisión de esta normativa.

Estos seguirán con el privilegio durante el tiempo y las condiciones que se hayan establecido con anterioridad, pero también se establecieron categorías para asignar vehículos y personal de seguridad.

  • Categoría uno (ministro de Gobernación): Se le asignarán tres vehículos y un máximo de 10 guardaespaldas divididos por turno.
  • Categoría dos (primer viceministro de Gobernación: Dos vehículos y un máximo de 8 personas de seguridad por turno.
  • Categoría tres (quinto viceministro de Gobernación y directores de la PNC): Dos vehículos y un máximo de 6 guardaespaldas.
  • Categoría cuatro (inspector general y subdirectores de la PNC): Dos vehículos y hasta 6 custodios.
  • Categoría cinco (viceministros del Mingob y jefes de División de la PNC): Un vehículo y hasta 3 personas de seguridad.
  • Categoría seis (cualquier exempleado del Mingob que lo solicite): Un vehículo y hasta 2 guardaespaldas.

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