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Estos son los requisitos para ingresar a Guatemala

  • Por Heidi Loarca
26 de abril de 2023, 15:01
Es estableció el reglamento de Migración. (Foto: archivo/Soy502)

Es estableció el reglamento de Migración. (Foto: archivo/Soy502)

El Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) publica el Reglamento General del Código de Migración

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El IGM emitió la nueva normativa que contiene 132 artículos y cobró vigencia con la Autoridad Migratoria Nacional. El documento fue publicado este 26 de abril de 2023 en el Diario de Centro América, con el Acuerdo IGM-017-2023.

Entre lo estipulado en el reglamento, se especifica en los artículos 14 y 15 los requisitos para ingresar al territorio nacional. El primero indica que los guatemaltecos y las personas extranjeras deben cumplir con los requisitos exigidos por el Código de Migración y su reglamento y sus demás disposiciones nacionales e internacionales.

El ingreso al territorio nacional deberá efectuarse con los puestos nacionales fronterizos migratorios. De cada ingreso deberá quedar constancia y quedará registrado por el Instituto. Las personas extranjeras que incumplan con los requisitos de ingreso serán rechazadas.

Los extranjeros que incurran en alguna de las causales establecidas en el artículo 66 del Código de Migración, o encuadre dentro de los criterios de prohibición de ingreso establecidos en el reglamento, se procederá a la inadmisión del ingreso al territorio nacional, elaborando una resolución razonada. 

Artículo 66 del código de Migración. (Foto: captura de pantalla)
Artículo 66 del código de Migración. (Foto: captura de pantalla)

Además, el artículo 66 del código de Migración establece: "La falsa declaración con respecto al origen, nacionalidad o calidad de turista del usuario da lugar a la cancelación de la tarjeta correspondiente y a su deportación o expulsión del territorio nacional. La Dirección General de Migración procederá a la aplicación de las sanciones correspondientes tan pronto como tenga conocimiento de la infracción".

En el caso del artículo 15 se detalla que las personas extranjeras que deseen ingresar al territorio nacional deberán hacerlo en alguno de los puestos fronterizos migratorios destinados para tal efecto, debiendo presentar pasaporte válido y vigente, en buen estado, o cualquier otro documento  de identidad y de viaje contemplado en arreglos internacionales  de los cuales el Estado de Guatemala, sea parte; además, si ostenta un estatus migratorio de los establecidos en el Código de Migración, deberá presentar el documento correspondiente que lo acredite.

El delegado de Migración podrá solicitar información adicional, como el motivo del ingreso, duración de la estadía, capacidad económica, etc.

El reglamento ha cobrado vigencia. (Foto: captura de pantalla)
El reglamento ha cobrado vigencia. (Foto: captura de pantalla)

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